GESTFOR SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de mayo de 2021
- Repertorio
- 4847-21
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de las comunas de Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número 979, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de mayo del año 2021, bajo el Repertorio N°4847-21, otorgada ante mi suplente doña MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, MARCELO RODRIGO JARPA CUEVAS, comerciante, domiciliado en Temuco, calle Francisco Poblete N° 0950, Pedro de Valdivia, modificó, con arreglo artículo 427 relación con artículo 434 Ley 20.190 y con artículo 20 pacto social, la sociedad “GESTFOR SpA”, constituida por escritura pública del 01 de febrero de 2021, extendida ante Notario Temuco, Esmirna Vidal Moraga, inscrita en extracto a fojas 103 vuelta N° 59, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2021, estableciendo que la compañía, a contar de esta fecha, podrá desarrollar además las siguientes nuevas actividades comerciales y económicas: i) el transporte de carga por vía terrestre por cuenta propia o ajena, con vehículos de la empresa o de terceros, dentro o fuera de la República, es decir, nacional o internacional; ii) la ejecución de obras menores, de viviendas, obras viales y obras de edificación en general; iii) la ejecución y subcontratación de las distintas especialidades de la construcción; iv) la realización de estudios, consultorías y asesorías en ingeniería y construcción; v) la realización de inspecciones técnicas de obra y servicios relacionados con la actividad de la construcción en general; vi) el arriendo de equipos, maquinarias y herramientas para la construcción; vii) la venta de materiales e insumos para la construcción; ix) la compraventa y distribución de leña y carbón y sus derivados. Consecuencialmente, socio modifica y reemplaza el artículo 4° del pacto social, sustituyéndolo por el siguiente nuevo texto: “Artículo Cuarto. Los objetos de la sociedad serán: a) la prestación de servicios forestales en todos los aspectos; b) la realización de raleos y plantaciones; c) la compra, venta y explotación de bosques; d) la asesoría en terreno y la elaboración de proyectos forestales; e) la actividad forestal en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros como la comercialización, industrialización y explotación de los productos que de ello obtenga; f) el arriendo, compra y venta de topo tipo de maquinaria y vehículos; g) la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; h) la prestación de servicios y gestión de corretaje de bienes raíces tanto urbanos como rústicos; i) el transporte de carga por vía terrestre por cuenta propia o ajena, con vehículos de la empresa o de terceros, dentro o fuera de la República, es decir, nacional o internacional; j) la ejecución de obras menores, de viviendas, obras viales y obras de edificación en general; k) la ejecución y subcontratación de las distintas especialidades de la construcción; l) la realización de estudios, consultorías y asesorías en ingeniería y construcción; ll) la realización de inspecciones técnicas de obra y servicios relacionados con la actividad de la construcción en general; m) el arriendo de equipos, maquinarias y herramientas para la construcción; n) la venta de materiales e insumos para la construcción; ñ) la compraventa y distribución de leña y carbón y sus derivados” forma indicada escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. DOY FE.- Temuco, 14 de Junio de 2021.