CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Easyclick SpA

CVE 1961868
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2021
Repertorio
27918
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será desarrollar directa o indirectamente, por si, conjuntamente con otros o por medio de terceros, en locales propios o ajenos, las siguientes actividades: a) La importación y la exportación de todo tipo de alimentos, productos y bienes muebles para el uso personal, del hogar, oficina e industria, incluyendo, pero no limitado a todo tipo de artículos eléctricos y electrónicos, productos químicos para limpieza y aseo de uso doméstico e industrial, salud y bienestar, belleza y cuidado personal, ferretería y automotriz ; b) La comercialización, almacenaje y distribución en todas sus formas, de todo tipo de alimentos, productos, y bienes muebles para el uso personal, del hogar, oficina e industria, incluyendo, pero no limitado a todo tipo de artículos eléctricos y electrónicos, productos químicos para limpieza y aseo de uso doméstico e industrial, salud y bienestar, belleza y cuidado personal, ferretería y automotriz; c) La realización de consultorías, asesorías y estudios diversos a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros d) En general, la sociedad podrá efectuar todos los demás negocios que la administración de la compañía decida, así como cualquier otra actividad que directa o indirectamente permita cumplir el objeto social antes mencionado, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades que ya existan o que ella misma entre a constituir

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Titular 19ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera 341, oficina 352, Santiago, certifico que: con fecha 01 de Junio de 2021, bajo el Repertorio Nº 27.918, ante mí, don Oscar Luis Loyola Acuña y Fabian Ignacio Loyola Rojas, ambos en Exequiel Fernández 1400 casa H, Ñuñoa, Santiago, y Pablo Dionisio Fuentes Sepúlveda, en Cuevas 933, Santiago, Constituyeron Sociedad por Acciones “EASYCLICK SpA”, Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida a contar hoy. Objeto: El objeto de la sociedad será desarrollar directa o indirectamente, por si, conjuntamente con otros o por medio de terceros, en locales propios o ajenos, las siguientes actividades: a) La importación y la exportación de todo tipo de alimentos, productos y bienes muebles para el uso personal, del hogar, oficina e industria, incluyendo, pero no limitado a todo tipo de artículos eléctricos y electrónicos, productos químicos para limpieza y aseo de uso doméstico e industrial, salud y bienestar, belleza y cuidado personal, ferretería y automotriz ; b) La comercialización, almacenaje y distribución en todas sus formas, de todo tipo de alimentos, productos, y bienes muebles para el uso personal, del hogar, oficina e industria, incluyendo, pero no limitado a todo tipo de artículos eléctricos y electrónicos, productos químicos para limpieza y aseo de uso doméstico e industrial, salud y bienestar, belleza y cuidado personal, ferretería y automotriz; c) La realización de consultorías, asesorías y estudios diversos a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros d) En general, la sociedad podrá efectuar todos los demás negocios que la administración de la compañía decida, así como cualquier otra actividad que directa o indirectamente permita cumplir el objeto social antes mencionado, incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades que ya existan o que ella misma entre a constituir. Capital: $5.000.000.- dividi¬do en 1.000 acciones nominativas, iguales y de una misma serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas en el acto de constitución y enterados en caja social. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 14 de junio 2021. JAVIER I. HORMAZABAL COLLAO.