CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL, INVERSIONES E INMOBILIARIA J.A. SpA

RUT 14348673-7 CVE 1960622
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, de las siguientes operaciones: a) La prestación de asesorías de todo tipo a toda clase de personas naturales y jurídicas en la planificación, proyecto, ejecución y financiamiento de proyectos inmobiliarios y obras de construcción de cualquier clase o naturaleza; b) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos inmobiliarios; el loteo, división, adquisición. Arrendamiento y enajenación de toda clase de inmuebles; c) La construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, edificios, oficinas, casas, obras públicas o civiles en general; d) La inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, y la percepción de los beneficios o rentas que de ello provengan y en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, de sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliario y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión. e) La sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier especie y participar en ellas. f) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, g) Además podrá comprar, vender, enajenar, arrendar, subarrendar, explotar y administrar bienes raíces o muebles; realizar loteos, subdivisiones y obras de urbanización; la reparación, remodelación, construcción, diseño, desarrollo, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales y de cualquier tipo de proyecto inmobiliario; h) La realización de consultorías y asesorías en las actividades antes indicadas, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; promocionar y realizar la gestión y administración de inversiones y financiamiento de capitales, tanto nacionales como extranjeros, para actividades que pueden o no estar relacionadas con sus objetivos principales, ya sea en beneficio de la sociedad o de terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las actividades inmobiliaria y de inversión. II. De la misma manera la sociedad también podrá tener por cuenta propia o ajena la representación de todo tipo de sociedades o empresas y marcas comerciales, j) Así como también podrá realizar tanto la importación y exportación de productos, insumos y equipos eléctricos, su venta, arriendo y comercialización de los mismos. Y en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden, tenga o no relación con los objetivos anteriormente señalados. III. La sociedad también podrá realizar asesorías y consultorías de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y explotación de toda clase de bienes, corporales e incorporales por cuenta propia o ajena. De esta forma la presente empresa individual en el desarrollo de su giro, y sin que la enumeración sea en ningún caso taxativa, sino simplemente ejemplar, se dedicará a las siguientes actividades: a) Compra y venta de mercaderías y bienes desde y hacia el extranjero; b) Distribución de las mismas a nivel nacional e internacional; c) Realización de asesorías técnicas y profesionales dentro del territorio nacional; d) Realización de asesorías de carácter comercial; e) Asesorías a clientes finales u otras empresas; f).- En general, suministrar asesorías, planificación y control técnico, en todas las actividades relacionadas con el giro social. l) Las actividades señaladas podrá ejercerlas como también como subcontratista de otras empresas mandantes. Para el cumplimento de sus objetivos la sociedad podrá ejecutar y celebrar cualquier acto o contrato nominado o innominado

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular 26ª Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil ciento noventa y seis, comuna de Las Condes, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, don JOSÉ LUIS ABURTO CARRASCO, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero eléctrico, cédula de identidad 14.348.673-7, con domicilio en Irarrázaval 4200, departamento 1612, comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyó sociedad por acciones. Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL, INVERSIONES E INMOBILIARIA J.A. SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Inmobiliaria J.A. SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficinas y/o sucursales, sea en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto social: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, de las siguientes operaciones: a) La prestación de asesorías de todo tipo a toda clase de personas naturales y jurídicas en la planificación, proyecto, ejecución y financiamiento de proyectos inmobiliarios y obras de construcción de cualquier clase o naturaleza; b) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de proyectos inmobiliarios; el loteo, división, adquisición. Arrendamiento y enajenación de toda clase de inmuebles; c) La construcción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de inmuebles, edificios, oficinas, casas, obras públicas o civiles en general; d) La inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, y la percepción de los beneficios o rentas que de ello provengan y en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, de sociedades por acciones o sociedades en comandita por acciones, derechos en sociedades de personas, bonos, instrumentos financieros, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliario y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión. e) La sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier especie y participar en ellas. f) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, g) Además podrá comprar, vender, enajenar, arrendar, subarrendar, explotar y administrar bienes raíces o muebles; realizar loteos, subdivisiones y obras de urbanización; la reparación, remodelación, construcción, diseño, desarrollo, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales y de cualquier tipo de proyecto inmobiliario; h) La realización de consultorías y asesorías en las actividades antes indicadas, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; promocionar y realizar la gestión y administración de inversiones y financiamiento de capitales, tanto nacionales como extranjeros, para actividades que pueden o no estar relacionadas con sus objetivos principales, ya sea en beneficio de la sociedad o de terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las actividades inmobiliaria y de inversión. II. De la misma manera la sociedad también podrá tener por cuenta propia o ajena la representación de todo tipo de sociedades o empresas y marcas comerciales, j) Así como también podrá realizar tanto la importación y exportación de productos, insumos y equipos eléctricos, su venta, arriendo y comercialización de los mismos. Y en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden, tenga o no relación con los objetivos anteriormente señalados. III. La sociedad también podrá realizar asesorías y consultorías de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y explotación de toda clase de bienes, corporales e incorporales por cuenta propia o ajena. De esta forma la presente empresa individual en el desarrollo de su giro, y sin que la enumeración sea en ningún caso taxativa, sino simplemente ejemplar, se dedicará a las siguientes actividades: a) Compra y venta de mercaderías y bienes desde y hacia el extranjero; b) Distribución de las mismas a nivel nacional e internacional; c) Realización de asesorías técnicas y profesionales dentro del territorio nacional; d) Realización de asesorías de carácter comercial; e) Asesorías a clientes finales u otras empresas; f).- En general, suministrar asesorías, planificación y control técnico, en todas las actividades relacionadas con el giro social. l) Las actividades señaladas podrá ejercerlas como también como subcontratista de otras empresas mandantes. Para el cumplimento de sus objetivos la sociedad podrá ejecutar y celebrar cualquier acto o contrato nominado o innominado. Capital: $1.000.000, dividido en cien acciones nominativas, don José Luis Aburto Carrasco, suscribe y paga 1000 acciones con la cantidad de un millón de pesos que corresponde a la totalidad del capital y de las acciones emitidas, las que ingresan en dinero efectivo sin valor nominal que ha sido totalmente suscrito por el accionista constituyente, que declara enterar y pagar en este acto en dinero efectivo, habiendo ingresado dicha suma a la caja social. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2021. H. Quezada M.