INVERSIONES TUMA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2021
- Repertorio
- 9875-2021
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 2 de junio de 2021, Repertorio N° 9.875-2021 ante mí, don Martín Santa María Oyanedel, domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura N°2939, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, debidamente facultado, rectificó escritura de constitución de la sociedad INVERSIONES TUMA LIMITADA, (en adelante la “Sociedad”), de fecha 14 de febrero de 2020, repertorio número 3.831/2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado. Un extracto de dicha escritura se inscribió con fecha 17 de marzo de 2020, a fojas 20937 número 10443 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, y se publicó en el Diario Oficial con fecha 23 de marzo del mismo año. Por un error involuntario, en el Artículo Quinto relativo al capital social de la escritura de constitución de la Sociedad, se indicó erróneamente el capital aportado de uno de los socios, doña Ana Andrea Tuma Díaz, en virtud de lo cual, en donde dice “Cinco) doña Ana Andrea Tuma Díaz aporta la suma de un millón de pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo” debiese decir “Cinco) doña Ana Andrea Tuma Díaz aporta la suma de un millón cinco mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo”. En consecuencia, el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, relativo al capital social, es reemplazado íntegramente por el siguiente Artículo Quinto: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones doscientos treinta y ocho mil noventa y cinco pesos, que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: Uno) don Jorge Gabriel Tuma Magluf aporta en dominio las participaciones sociales que se indican en el artículo transitorio, que los socios avalúan de común acuerdo, a su costo tributario, en la suma de treinta y seis millones doscientos catorce mil trescientos diecinueve pesos; Dos) doña Ana María Díaz Barroso aporta la suma de un millón cinco mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo; Tres) doña María Georgette Tuma Díaz aporta la suma de de un millón cinco mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo; Cuatro) doña Gabriela Paz Tuma Díaz aporta la suma de un millón cinco mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y Cinco) doña Ana Andrea Tuma Díaz aporta la suma de un millón cinco mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, la que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de junio de 2021.