Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2021
- Repertorio
- 2874-2021
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Las Condes
- Duración
- 5 años desde fecha de escritura, prorrogable en forma pactada. vi)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N° 4.990, Las Condes, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 10 de junio de 2021, repertorio Nº2874-2021, hoy ante mí, CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA, de 28 años, con domicilio en Braganza Nº 8.300, dpto. 603, comuna de Las Condes; y JEAN BURBANO SALAZAR, de 31 años, domicilio en Avenida Carlos Antúnez Nº 1960, dpto. 405, comuna de Providencia; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. i) Razón Social: “IMOBU GROUP LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía “IMOBU GROUP LTDA.”; ii) Administración y Uso Razón Social: Corresponderá indistintamente a don CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA y a don JEAN BURBANO SALAZAR, con amplias facultades. Facultades escritura extractada; iii) El objeto de la sociedad será: a) La realización de negocios inmobiliarios y de inversión, compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento, explotación, concesión y administración de toda clase de bienes raíces, propios o ajenos, y la realización de toda clase de negocios y proyectos inmobiliarios, y por cuenta propia o ajena para lo cual podrá adquirir, enajenar, arrendar y explotar bienes inmuebles, urbanos o rurales, derechos o cuotas sobre ellos, en cualquier forma y a cualquier título; b) Actividades comerciales, compra y venta de bienes, comercialización, arriendo, licitación y participación en licitaciones, de bienes muebles, productivos, alimenticios, residenciales, licores, alcoholes, etc.; c) La compra, venta, enajenación, distribución, comercialización, importación, exportación, arrendamiento, y, en general, toda clase de actos de comercio sobre bienes corporales o incorporales muebles ya sean derechos, bonos, cuotas en participación, debentures, valores mobiliarios, bancarios, acciones, fondos de inversión privados, y demás instrumentos financieros, etc.; d) La participación, creación, constitución, asociación, en sociedades de cualquier tipo o especie, en el territorio nacional o en el extranjero, que permitan a la sociedad el cumplimiento de sus fines; y e) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden, que tenga relación directa o indirecta, con alguno de los objetos señalados, y en general todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas. iv) Capital: $10.000.000, que los socios aportarán de la siguiente forma: a) CAMILO ANDRÉS MORALES GARCÍA, aporta la suma de $5.000.000 al contado y en dinero efectivo ingresados a la caja social, y b) JEAN BURBANO SALAZAR, aporta la suma de $5.000.000 al contado y en dinero efectivo ingresados a la caja social.” Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. v) Duración: 5 años desde fecha de escritura, prorrogable en forma pactada. vi) Domicilio: Las Condes, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de junio de 2021.