MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA JDP SpA

RUT 76743493-6 CVE 1960733
Fecha instrumento
3 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de junio de 2021
Notario
CRISTOBAL DIAZ ACEVEDO
Oficio
Décima Tercera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTOBAL DIAZ ACEVEDO, abogado, NOTARIO PUBLICO, Interino de la Décima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, certifico: Escritura pública hoy, ante mí, DANIELA ANDREA SOTO OCHOA, chilena, casada, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos tres mil seiscientos treinta y ocho guion ocho, domiciliada en Avenida Recoleta número cinco mil ochocientos treinta, de la comuna de Recoleta, Región Metropolitana; don JORGE ANTONIO SOTO NAVARRETE, chileno, casado, y con separación de bienes, profesión, Empleado, cedula de identidad número cinco millones seiscientos treinta y seis mil quinientos veintidós guion dos, domiciliado en calle Portugal numero novecientos diez, departamento seiscientos dos, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana y don JORGE ESTEBAN SOTO ORTEGA, chileno, soltero, profesión Ingeniero Civil Eléctrico, cedula de identidad número, trece millones cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos noventa y ocho guion nueve, domiciliado en calle Visviri número mil quinientos sesenta y uno, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante “LOS CEDENTES”; y don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número veinte millones trescientos veintiocho mil dieciocho guion uno, domiciliado en calle Independencia número setecientos treinta y ocho, comuna de Independencia, Región Metropolitana, en adelante “EL CESIONARIO”; modifican sociedad por acciones, denominada “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA JDP SpA”, constituida escritura pública otorgada en la Notar{ia de Notaria de Santiago de don Clovis Toro Campos, con fecha quince de diciembre de dos mil dieciséis, cuyo extracto se inscribió a fojas noventa y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro número cincuenta y dos mil cincuenta y nueve del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y uno de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil dieciséis.- Modificaciones consisten: DANIELA ANDREA SOTO OCHOA, don JORGE ANTONIO SOTO NAVARRETE y don JORGE ESTEBAN SOTO ORTEGA, actuales y únicos accionistas vienen en modificar la sociedad siguiente términos: Uno) Se retira de la sociedad la accionista doña DANIELA ANDREA SOTO OCHOA, dueña de treinta acciones, equivalente a la suma de trescientos mil pesos quien vende, cede y trasfiere el total de sus acciones a don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA quien las acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos. Dos) Se retira de la sociedad, el accionista don JORGE ANTONIO SOTO NAVARRETE dueño de cuarenta acciones, equivalente a la suma de cuatrocientos mil pesos, quien vende, cede y trasfiere el total de sus acciones a don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA, quien las acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de cuatrocientos mil pesos.- Tres) Se retira de la sociedad, el accionista don JORGE ESTEBAN SOTO ORTEGA dueño de treinta acciones, equivalente a la suma de trescientos mil pesos, quien vende, cede y trasfiere el total de sus acciones a don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA, quien las acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de trescientos mil pesos.- Como consecuencia de las cesiones y retiros indicadas, don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA es dueño del total de las acciones, quien como único accionista de la sociedad, modifica en el Pacto Social, en el sentido de que la administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a don WILLIAM HUMBERTO FERNÁNDEZ DINAMARCA con las mismas facultades contenidas en dicho artículo Noveno, las que se entienden entera y expresamente reproducidas una a una en este instrumento.- En todo lo no modificado el actual accionista ratifica íntegramente el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 03 JUNIO 2021.