INVERSIONES Y SERVICIOS INGESA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2021
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $185.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de San Felipe
- Duración
- 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno de ellos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes, ya sean muebles o raíces; la realización de inversiones en todo tipo de bienes, sean estos raíces o muebles, acciones o derechos y todo tipo de instrumentos financieros y comerciales; la realización y prestación de servicios de toda índole y, en especial, la venta y distribución de lubricantes, combustibles, repuestos, accesorios y herramientas, tanto para vehículos motorizados como de uso industrial, como también la reparación, asistencia y servicios, y en general la explotación en todas sus formas del rubro “estación de servicios”. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Administración
Corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don SANDRO LUIS GIOIA OLIBI y don GERARDO MARIANO GIOIA OLIBI, de manera que actuando uno cualquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio ubicado en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de abril de 2021, ante mi, GERARDO MARIANO GIOIA OLIBI, PATRICIA GIOIA OLIBI, SANDRO LUIS GIOIA OLIBI, INVERSIONES SAGIOLI LIMITADA, INVERSIONES SANTA PATRICIA LIMITADA e INVERSIONES CGP LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en calle Tocornal número 1700, comuna de San Felipe, de paso en ésta, Quinta Región, otorgaron escritura pública “División y modificación de sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS INGESA LIMITADA”, inscrita a fojas 22 vuelta número 25 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Felipe del año 2002 I.- Socios acordaron dividir INVERSIONES Y SERVICIOS INGESA LIMITADA en dos sociedades, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto, y constituyéndose al efecto una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES Y SERVICIOS PROINGESA LIMITADA. II.- Como consecuencia de la división, se disminuye el capital social de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS INGESA LIMITADA de $185.000.000 a la suma de $46.759.016, sustituyendo el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TERCERO: El capital de la sociedad asciende a la suma total de cuarenta y seis millones setecientos cincuenta y nueve mil dieciséis pesos, íntegramente aportados y enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña PATRICIA GIOIA OLIBI, con cinco millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos setenta y un pesos; b) don SANDRO LUIS GIOIA OLIBI, con trece millones seiscientos cinco mil tres pesos; c) don GERARDO MARIANO GIOIA OLIBI, con trece millones seiscientos cinco mil tres pesos; d) la sociedad INVERSIONES CGP LIMITADA, con cinco millones doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cinco pesos; e) la sociedad INVERSIONES SANTA PATRICIA LIMITADA, con cuatro millones trescientos diecinueve mil trescientos diecisiete pesos; y f) la sociedad INVERSIONES SAGIOLI LIMITADA, con cuatro millones trescientos diecinueve mil trescientos diecisiete pesos.” Asimismo, se modifican materias no extractables. III. Se acuerda otorgar los estatutos de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS PROINGESA LIMITADA: Razón Social: El nombre o razón social será INVERSIONES Y SERVICIOS PROINGESA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de SERVICIOS PROINGESA LTDA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes, ya sean muebles o raíces; la realización de inversiones en todo tipo de bienes, sean estos raíces o muebles, acciones o derechos y todo tipo de instrumentos financieros y comerciales; la realización y prestación de servicios de toda índole y, en especial, la venta y distribución de lubricantes, combustibles, repuestos, accesorios y herramientas, tanto para vehículos motorizados como de uso industrial, como también la reparación, asistencia y servicios, y en general la explotación en todas sus formas del rubro “estación de servicios”. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de San Felipe, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno de ellos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social es la suma de ciento treinta y ocho millones doscientos cuarenta mil novecientos ochenta y cuatro pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña PATRICIA GIOIA OLIBI, con dieciséis millones setecientos veintiún mil seiscientos veintinueve pesos; b) don SANDRO LUIS GIOIA OLIBI, con cuarenta millones doscientos veintidós mil quinientos noventa y siete pesos; c) don GERARDO MARIANO GIOIA OLIBI, con cuarenta millones doscientos veintidós mil quinientos noventa y siete pesos; d) la sociedad INVERSIONES CGP LIMITADA, con quince millones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos quince pesos; e) la sociedad INVERSIONES SANTA PATRICIA LIMITADA, con doce millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y tres pesos; y f) la sociedad INVERSIONES SAGIOLI LIMITADA, con doce millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y tres pesos. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y uso de la razón social. Corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don SANDRO LUIS GIOIA OLIBI y don GERARDO MARIANO GIOIA OLIBI, de manera que actuando uno cualquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada. 07 de junio de 2021. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.