MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 76741195-2 CVE 1959574
Fecha instrumento
8 de junio de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2021
Notario
HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
Temuco, Región de La Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva

Objeto social

a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Fisiatría, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos;b) Comprar o adquirir a cualquier título, vender, enajenar de cualquier forma, explotar e invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y en general celebrar respecto de ellos toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza; c) Dar y tomar en arriendo, subarrendamiento, leasing, uso, usufructo, comodato o a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles; d) Compra, venta, importación, exportación, fabricación, distribución, comercialización, arrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales; f) La inversión y la construcción, instalación y funcionamientos de sanatorios y)o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena, y de otros establecimientos asistenciales, como casas de reposo y asilos; administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con la medicina; g) Desarrollar actividades de capacitación de personas naturales que formen o no parte de empresas o entes públicos o privados de cualquier naturaleza, ofrecer estos servicios a dichos entes, participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran lo servicios de capacitación; impartir clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias en el área de la medicina, fisiatría y)o salud en general; h) crear, financiar, promover y)o administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades y participar en ellos, asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; i) administrar los bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras instituciones de crédito, bonos, créditos vista y toda clase de acreencias en contra de instituciones públicas o privadas o de personas naturales; y realizar todas las acciones que la ley permita para la buena administración de las cosas, bienes, fondos, valores y créditos; j) En general, cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines antes descritos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN y a don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; facultades en escritura extractada.-CAPITAL: El capital social será la suma de UN MILLÓN DE PESOS, los que son aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don DANIELA NICOL GATICA SOLDAN,aporta la suma de ochocientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el OCHENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, aporta la suma de doscientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el VEINTE POR CIENTO de los haberes y derechos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. CERTIFICO: Por escritura pública de hoy ante mí: doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, chilena, soltera, Médico Cirujano con especialidad en Fisiatría, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cinco mil ciento sesenta y cinco guion uno, y don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, chileno, soltero, Médico Cirujano con especialidad en Fisiatría, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuarenta y tres mil seiscientos setenta y cuatro guion uno, ambos domiciliados en Avenida Los Conquistadores número mil trescientos setenta y ocho, de la comuna y ciudad de Temuco; modificaron Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, Rol Único Tributario setenta y seis millones setecientos cuarenta y un mil ciento noventa y cinco guion dos. La sociedad se encuentra constituida por escritura pública de fecha veinte de abril del año dos mil diecisiete, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco Vilcún, Freire y Melipeuco, mediante la cual doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN y don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social era “SOCIEDAD DE EQUIPOS MÉDICOS MEDIFIS LIMITADA”, la cual se encuentra inscrita a fojas seiscientos cuarenta y tres vuelta, numero cuatrocientos treinta y cuatro del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil diecisiete, llevado por el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, y publicada en extracto con fecha cinco de mayo del año dos mil diecisiete en el Diario Oficial, edición cuarenta y un mil setecientos cuarenta y nueve. La sociedad se constituyó con un capital de un millón de pesos, el cual no ha sido modificado a la fecha. Por escritura pública de fecha veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, ante don Jorge Elías Tadres Hales, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco Vilcún, Freire y Melipeuco, don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, por lo cual en el mismo acto e instrumento la sociedad fue TRANSFORMADA a EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Por tanto, en virtud de la mencionada transformación, la actual razón social de la empresa es EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Dicha cesión de derechos y transformación se encuentran inscritas a fojas novecientos cincuenta y uno vuelta, número seiscientos veintiocho, en el Registro de Comercio de la ciudad de Temuco del año dos mil diecisiete y publicada en el Diario Oficial bajo la Edición Número cuarenta y un mil ochocientos del día Miércoles cinco de julio del año dos mil diecisiete.-PRESENTE MODIFICACIÓN: CESION DE DERECHOS Y TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Por instrumento extractado, los comparecientes, realizaron la siguiente cesión de acciones: doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN, vende, cede y transfiere a don RUBÉN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el VEINTE POR CIENTO de los derechos o participación en la empresa individual indicada precedentemente. El precio de esta cesión es la suma total de doscientos mil pesos, que se paga al contado al cedente, y que éste declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. TRANSFORMACIÓN CONSISTIÓ: En virtud de la cesión indicada, por instrumento extractado los comparecientes transformaron la EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “EQUIPOS MÉDICOS DANIELA GATICA SOLDAN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, en una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE EQUIPOS MEDICOS MEDIFIS LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “EQUIPOS MÉDICOS LTDA.”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. OBJETO: a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada con la Medicina General, Fisiatría, y en todas y cada una de las especialidades relacionadas, y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios profesionales ya descritos;b) Comprar o adquirir a cualquier título, vender, enajenar de cualquier forma, explotar e invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos y en general celebrar respecto de ellos toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza; c) Dar y tomar en arriendo, subarrendamiento, leasing, uso, usufructo, comodato o a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles; d) Compra, venta, importación, exportación, fabricación, distribución, comercialización, arrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en general, y mobiliario para realizar consultas médicas, tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales; f) La inversión y la construcción, instalación y funcionamientos de sanatorios y/o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena, y de otros establecimientos asistenciales, como casas de reposo y asilos; administración y dirección económica, técnica y médica de establecimientos relacionados con la medicina; g) Desarrollar actividades de capacitación de personas naturales que formen o no parte de empresas o entes públicos o privados de cualquier naturaleza, ofrecer estos servicios a dichos entes, participar activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran lo servicios de capacitación; impartir clases, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias en el área de la medicina, fisiatría y/o salud en general; h) crear, financiar, promover y/o administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de proyectos, negocios, empresas o sociedades y participar en ellos, asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; i) administrar los bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras instituciones de crédito, bonos, créditos vista y toda clase de acreencias en contra de instituciones públicas o privadas o de personas naturales; y realizar todas las acciones que la ley permita para la buena administración de las cosas, bienes, fondos, valores y créditos; j) En general, cualquier actividad que se relacione directa o indirectamente con los fines antes descritos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios.-ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña DANIELA NICOL GATICA SOLDAN y a don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; facultades en escritura extractada.-CAPITAL: El capital social será la suma de UN MILLÓN DE PESOS, los que son aportados por los socios, de la siguiente manera: a) don DANIELA NICOL GATICA SOLDAN,aporta la suma de ochocientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el OCHENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; b) don RUBEN ALONSO HERMOSILLA CANDIA, aporta la suma de doscientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el VEINTE POR CIENTO de los haberes y derechos sociales.- DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Temuco, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 08 de junio de 2021.