MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA

RUT 77328617-5 CVE 1959618
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2021
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 23/04/2021, REP. N°7600 - 2021, ante mí: MARLON GARCIA BOHORQUEZ, Ecuatoriano, casado, contador, cédula nacional de identidad para extranjeros número 27.233.932-5, domiciliado en Avenida Parque Portugal número 1935, Comuna de Puente Alto, Santiago, mayor de edad, y expuso: PRIMERO. A) Por medio de instrumento privado de fecha 30 de marzo de 2021, otorgado en la Notaria de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, HERNAN MAURICIO NAVARRO TRUJILLO, vendió cedió y transfirió a MARLON GARCIA BOHORQUEZ, quien aceptó y adquirió para sí, la cantidad de veinte acciones de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA. B) Capital: El capital de la sociedad es de cien mil pesos ($100.000) dividido en cien acciones sin valor nominal. SEGUNDO. NUEVA COMPOSICION ACCIONARIA. La nueva composición accionaria de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA queda de la siguiente manera: 1) MARLON GARCIA BOHORQUEZ, es dueño de veinte acciones, equivalentes al 100% por ciento del capital social. TERCERO. MODIFICACION SOCIAL. Por medio de este instrumento, don MARLON GARCIA BOHORQUEZ, en su calidad de actual y único accionista de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA viene en modificar los estatutos de la sociedad respecto de su Administración, en el siguiente sentido: “El administrador de la sociedad, será MARLON GARCIA BOHORQUEZ, quien podrán actuar de forma individual o conjunta y quien tendrá las más amplias facultades de administración, uso de razón social y disposición de bienes respecto de la sociedad, y en especial tendrá todas y cada una de las facultades expresamente señaladas en los Artículos DECIMO y DECIMO PRIMERO, de los estatutos sociales. CUARTO. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes todas y cada una de las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de Abril de 2021.-