DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2021
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 23/04/2021, REP. N°7600 - 2021, ante mí: MARLON GARCIA BOHORQUEZ, Ecuatoriano, casado, contador, cédula nacional de identidad para extranjeros número 27.233.932-5, domiciliado en Avenida Parque Portugal número 1935, Comuna de Puente Alto, Santiago, mayor de edad, y expuso: PRIMERO. A) Por medio de instrumento privado de fecha 30 de marzo de 2021, otorgado en la Notaria de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, HERNAN MAURICIO NAVARRO TRUJILLO, vendió cedió y transfirió a MARLON GARCIA BOHORQUEZ, quien aceptó y adquirió para sí, la cantidad de veinte acciones de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA. B) Capital: El capital de la sociedad es de cien mil pesos ($100.000) dividido en cien acciones sin valor nominal. SEGUNDO. NUEVA COMPOSICION ACCIONARIA. La nueva composición accionaria de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA queda de la siguiente manera: 1) MARLON GARCIA BOHORQUEZ, es dueño de veinte acciones, equivalentes al 100% por ciento del capital social. TERCERO. MODIFICACION SOCIAL. Por medio de este instrumento, don MARLON GARCIA BOHORQUEZ, en su calidad de actual y único accionista de la sociedad DESAROLLO FOTOVOLTAICO RANCAGUA SpA viene en modificar los estatutos de la sociedad respecto de su Administración, en el siguiente sentido: “El administrador de la sociedad, será MARLON GARCIA BOHORQUEZ, quien podrán actuar de forma individual o conjunta y quien tendrá las más amplias facultades de administración, uso de razón social y disposición de bienes respecto de la sociedad, y en especial tendrá todas y cada una de las facultades expresamente señaladas en los Artículos DECIMO y DECIMO PRIMERO, de los estatutos sociales. CUARTO. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes todas y cada una de las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de Abril de 2021.-