SOCIEDAD AGROLACTEOS VILLARRICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2008
- Repertorio
- 2627-2013
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
- Comuna
- Villarrica de Daniel Mondaca
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, OLGA CARMEN ZUÑIGA ZUÑIGA, C.N.I Nº14.439.805-K, domiciliada en Saturnino Epulef 1351 Villarrica; JOHANA ARACELI VASQUEZ SANDOVAL, C.N.I Nº16.815.228-0, domiciliada en camino Villarrica a Temuco, kilómetro 9, Villarrica, y ROBERTO CARLOS VASQUEZ SANDOVAL, C.N.I Nº13.157.776-1, domiciliado en Saturnino Epulef 1351 Villarrica, exponen: Que por escritura pública de fecha 15 de Febrero de 2008, otorgada en la Notaría de Villarrica de Daniel Mondaca Pedrero, Olga Carmen Zuñiga Zuñiga y Roberto Carlos Vasquez Sandoval, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD AGROLACTEOS VILLARRICA LIMITADA”, RUT Nº76.015.145-9, inscrita a fojas 16 número 16 del Registro de Comercio del año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número 39.006, de fecha 7 de Marzo de 2008. Que por escritura pública de fecha 24 de Octubre de 2013, Repertorio 2627-2013, otorgada en esta misma Notaría, los comparecientes modificaron la sociedad. El extracto de la modificación se publicó en el de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica. Presente modificación: Por el presente instrumento, Olga Carmen Zuñiga Zuñiga cede y transfiere el 30% de los derechos sociales, a Roberto Carlos Vasquez Sandoval, quien los adquiere y acepta sí. Precio de la cesión $3.000.000.- que Roberto Carlos Vásquez Sandoval paga al contado, en este acto, en dinero efectivo, y que Olga Carmen Zúñiga Zúñiga declara recibir a su entera conformidad. Por el presente instrumento, Johana Araceli Vasquez Sandoval cede y transfiere el 20% de los derechos sociales, a Roberto Carlos Vasquez Sandoval, quien los adquiere y acepta sí. Precio de la cesión $2.000.000.- que Roberto Carlos Vásquez Sandoval paga al contado, en este acto, en dinero efectivo, y que Johana Araceli Vásquez Sandoval declara recibir a su entera conformidad. Se entienden comprendidas en la cesión, y en relación al porcentaje cedido, las cuotas en todos los fondos sociales, las utilidades no retiradas y las que se produzcan en el ejercicio en curso y cualquier otro haber, derechos, participación e interés que pertenezcan al cedente en la sociedad, a cualquier título, y especialmente su parte en el capital, fondos en cuenta particular, etcétera. La sociedad y el socio que ingresa a ella, se hacen responsables en los términos de lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, de cualquier impuesto que el socio que se retira pudiere adeudar con motivo de su calidad de socio de la sociedad y por el tiempo que formó parte de ella. Los cedentes y el cesionario se otorgan el más amplio, total y completo finiquito, entre sí y en relación con la sociedad, en cuanto a obligaciones o derechos emanados del contrato social. En virtud de la cesión de derechos, quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD AGROLACTEOS VILLARRICA LIMITADA”, OLGA CARMEN ZUÑIGA ZUÑIGA, con 50% de los derechos sociales, y ROBERTO CARLOS VASQUEZ SANDOVAL con 50% de los derechos sociales. Los actuales y únicos socios acuerdan modificar la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido de convenir que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a ambos socios, quienes actuando conjunta o separadamente, representarán a la sociedad, con todas y cada una de las facultadas indicadas en dicha cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 20 de Mayo de 2021.