ÁNGEL CUSTODIO INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA
Instrumento
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- N. fantasía
- “ÁNGEL CUSTODIO SpA”. Objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas. Domicilio la ciudad de Temuco dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración de la sociedad será indefinida
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don ÁLVARO GUILLERMO EMILIO ÁLVAREZ RIQUELME, chileno, soltero, perito agrícola, c.n.i. 7.057.358-K, domiciliado en sexta faja kilómetro N°5, comuna de Gorbea, y don JUAN PABLO ÁLVAREZ DOYHARCABAL, chileno, soltero, ingeniero acuícola, c.n.i. 16.794.291-1, domiciliado en sexta faja kilómetro N°5, comuna de Gorbea, constituyeron una sociedad por acciones denominada “ÁNGEL CUSTODIO INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA” pudiendo actuar, con el nombre de fantasía: “ÁNGEL CUSTODIO SpA”. Objeto de la sociedad será la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas. Domicilio la ciudad de Temuco dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración de la sociedad será indefinida. Capital: $20.000.000.-, dividido en mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. ÁLVARO GUILLERMO EMILIO ÁLVAREZ RIQUELME, suscribe y paga 800acciones por un valor total de $20.000. cada una, este acto en efectivo, y que ingresa a la caja social; JUAN PABLO ÁLVAREZ DOYHARCABAL suscribe y paga 200 por un valor total de $20.000.- pesos cada una, en este acto en efectivo, y que ingresa a la caja social. Administración y representación de la sociedad le corresponderá a don ÁLVARO GUILLERMO EMILIO ÁLVAREZ RIQUELME, a, don JUAN PABLO ÁLVAREZ DOYHARCABAL, Actuando separada e indistintamente con amplias facultades. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, Mayo 18, de 2021.