SOCIEDAD COMERCIAL SOCOFIL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de mayo de 2021
- Repertorio
- 1253-2021
- Notario
- JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS
- Oficio
- 4ta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta Notaría de Talca, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, Talca, Certifico: Que por escritura pública de fecha 18 de Mayo de 2021, repertorio N° 1.253-2021, ante mí, don JORGE ENRIQUE FRASER VILLABLANCA, chileno, casado, comerciante, Cédula nacional de identidad número ocho millones ciento diecisiete mil doscientos noventa y tres guion cinco, domiciliado en Avenida San Miguel sin número, de la ciudad de Talca, y Doña DAISY LORENA MANDIOLA RIOS, chilena, casada, comerciante, Cédula nacional de identidad número diez millones ciento cinco mil trescientos veintinueve guion seis, domiciliada en Avenida San Miguel sin número, de la ciudad de Talca, modificaron sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL SOCOFIL LIMITADA”, R.U.T. N° 76.083.869-1, constituida por escritura pública de fecha veintiocho de diciembre de dos mil nueve, otorgada ante don Ignacio Vidal Domínguez, Notario Público titular, de la ciudad de Talca, con un capital de cuatro millones de pesos ($4.000.000), cuyo extracto se inscribió a fojas trece, número cinco, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año dos mil diez.-Los socios de común acuerdo modifican la sociedad en el siguiente sentido; modifican la cláusula décimo primera de la escritura social, que la administración y uso de la razón social corresponderá a doña Daisy Mandiola Ríos, en caso de fallecimiento o impedimento mental de don Jorge Fraser Villablanca, debidamente comprobado por certificados médicos, de esta manera cláusula décimo primera de la escritura social queda de la siguiente forma: “En el evento de fallecimiento de cualquiera de los socios, la sociedad continuara vigente con la sucesión del socio fallecido. Los herederos del socio fallecido deberán designar un mandatario común, dentro de los quince días seguidos de ocurrido ese evento, para que los represente en las distintas actividades de la sociedad. Cualquier divergencia en esta materia deberá ser resuelta por un árbitro arbitrador o amigable componedor, de acuerdo a lo que se expresa en la cláusula décimo segunda, el que estará obligado, a contar, de la asunción del cargo, a evacuar una resolución dentro de treinta días. Ante el evento que la muerte o impedimento mental debidamente certificado por el facultativo correspondiente, sea del socio don Jorge Fraser Villablanca, la administración y representación de la SOCIEDAD COMERCIAL SOCOFIL LIMITADA, pasara de forma inmediata y exclusiva a la socia doña Daisy Lorena Mandiola Ríos, la que anteponiendo la razón social a su firma, la representara con las más amplias facultades que se señalan en el pacto social, sin ningún tipo de limitación y con iguales facultades que el socio fallecido”. En todo lo que no se ha modificado quedan vigentes las actuales estipulaciones sociales. Talca, 03 de Junio de 2021.