CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Quebrada el Sol SpA

CVE 1957920
Fecha instrumento
10 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Emilio Pellegrini Munita y a don Emilio Pellegrini Ripamonti, quienes actuarán individual e indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada el 10 de mayo de 2021, ante mí, INVERSIONES LOS SAUCES SpA acordó, como único accionista, constituir sociedad por acciones: Nombre: “Quebrada El Sol SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Proyectar, diseñar, construir, montar, poner en marcha, mantener, adquirir, vender, y explotar, en cualquier forma y a cualquier título, obras de infraestructura civiles, y equipamiento eléctrico y mecánico destinados a la producción de energía eléctrica, especialmente, pero no limitado a, centrales de generación de energía de origen hidráulico, solar, eólico, geotermia, biomasa, mareomotriz o cualquier otro tipo de energía renovable no convencional; b) Generar, distribuir, transmitir, comprar, suministrar y vender energía eléctrica; c) Construir, montar, operar y/o mantener líneas e infraestructura de media y alta tensión; d) Desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades relacionadas directamente con la energía o en los que exista un uso extensivo de ella; e) Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; f) Obtener, adquirir, transferir, gravar y explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras; asimismo podrá solicitar los permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines de la Sociedad; g) Adquirir, vender, arrendar, desarrollar, producir, distribuir, transportar, importar, exportar, y comercializar en general, en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, equipos, productos, subproductos, materias primas, maquinarias, software y/o hardware; h) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios, y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; i) La prestación de todo tipo de asesorías profesional o técnica, consultorías, planificación y capacitaciones en materias de desarrollo o gestión de proyectos de energía eléctrica, elaboración de informes, planificación estratégica, estudios técnicos, de factibilidad, y gestión comercial, administrativa, y financiera, análisis de inversiones, investigación de mercados, organización y supervisión de activos y todo otros tipo de servicios afines, y en general las demás actividades que, directa o indirectamente relacionadas con las anteriores; j) En general, cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Para efectos del cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá participar, a nivel nacional e internacional, en toda clase de sociedades, de personas o de capitales, o en cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas e integrarse a ellas, como también administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza y, en general, la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atinente a los fines sociales. Capital: El capital de la Sociedad es de quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Emilio Pellegrini Munita y a don Emilio Pellegrini Ripamonti, quienes actuarán individual e indistintamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de junio de 2021.