MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PANIFICADORA SANTA LUCIA LIMITADA

RUT 79603210-3 CVE 1957623
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2021
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Corresponderá a cualesquiera de socios, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada e indistintamente, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con amplias facultades.
Capital
$600.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, prorrogable por periodos iguales de 5 años

Objeto social

la fabricación, elaboración, distribución, comercialización y venta de pan en cualesquiera de sus formas y tipos; de pasteles, galletas, dulces y productos relacionados con el ramo de la pastelería; por la venta al público de artículos de rotisería y abarrotes; adquisición, instalación y explotación de toda clase de establecimientos industriales y comerciales destinados a los efectos señalados. Podrá asimismo desarrollar cualquiera otra actividad comercial que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, Certifica: Por escritura pública de fecha 31 de Mayo de 2021, Rep. Nº10347/2021, ante mí, SARA ZUNILDA HUERTA ALARCON, Abtao Nº 321, Estación Central; JUAN MAXIMILIANO LOPEZ HUERTA, Abtao Nº 321, Estación Central; MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO, pasaje Aeropuerto Pichoy Nº 2937 , Cerrillos; y WALDEMAR FERNANDO SCHEPOKS VERA, Avenida Presidente Kennedy Nº 5947, departamento 201, Las Condes, modifican y repactan sociedad “PANIFICADORA SANTA LUCIA LIMITADA”, constituida el 31/10/1985, ante Notario de Santiago Jaime Morandé Orrego, extracto inscrito a fojas 17497, Nº 9045, Registro Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1985. Diario Oficial, dentro del plazo legal, en los siguientes sentidos: Cesión de Derechos: uno) Se retira SARA ZUNILDA HUERTA ALARCON, dueña del 50% del haber social, quien vende el total de sus derechos sociales a MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO, quien los compra para sí, en $20.000.000.- al contado y efectivo, este acto; y dos) se retira JUAN MAXIMILIANO LOPEZ HUERTA, dueño del 50% del haber social, quien vende el total de sus derechos y participación societaria a WALDEMAR FERNANDO SCHEPOKS VERA, quien los compra para sí, en $20.000.000.- en efectivo, al contado y en este acto. Consecuencia, quedan en definitiva como únicos socios: MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO y JUAN MAXIMILIANO LOPEZ HUERTA, cada uno dueño del 50% del haber social, con un aporte de $300.000.- cada socio. Modificación, Repactación y Texto Refundido. Actuales socios MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO y JUAN MAXIMILIANO LOPEZ HUERTA, vienen en repactar y refundir el estatuto respectivo, creando un nuevo contrato social, en los siguientes términos. Estatutos: Socios: MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO, pasaje Aeropuerto Pichoy Nº 2937, Cerrillos; y WALDEMAR FERNANDO SCHEPOKS VERA, Avenida Presidente Kennedy Nº 5947, departamento 201, Las Condes. Razón Social: “PANIFICADORA SANTA LUCIA LIMITADA” con nombre de fantasía “PANIFICADORA SANTA LUCIA LTDA”. Objeto: la fabricación, elaboración, distribución, comercialización y venta de pan en cualesquiera de sus formas y tipos; de pasteles, galletas, dulces y productos relacionados con el ramo de la pastelería; por la venta al público de artículos de rotisería y abarrotes; adquisición, instalación y explotación de toda clase de establecimientos industriales y comerciales destinados a los efectos señalados. Podrá asimismo desarrollar cualquiera otra actividad comercial que acordaren los socios. - Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales país o extranjero. - Duración: 5 años, prorrogable por periodos iguales de 5 años. Capital: $600.000.- MARCOS RODRIGO CONTRERAS CANIO, aporta y entera $300.000.- en este acto al contado, equivalente al 50% de los derechos sociales; y WALDEMAR FERNANDO SCHEPOKS VERA, aporta y entera $300.000.- en este acto al contado, equivalente al 50% de los derechos sociales. Capital ya enterado en caja social y que corresponde al mismo capital, de la sociedad que por este acto se modifica. Socios limitan responsabilidad a montos de sus respectivos aportes. Representación, administración, uso de razón social y nombre de fantasía: Corresponderá a cualesquiera de socios, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada e indistintamente, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con amplias facultades. - Demás estipulaciones constan escritura extractada. - Santiago, 03 de Junio de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.