CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

KANELO DOS SpA

RUT 5259805-2 CVE 1957256
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2021
Notario
MARY CARMEN ENCINA LORCA
Domicilio
doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: a) la organización, planificación, compra, venta, arrendamiento y loteo, de bienes raíces propios o ajenos; b) la compraventa y arrendamiento de inmuebles y su urbanización; y todos los negocios relacionados con la construcción; c) la construcción, reparación, habilitación, desarrollo, decoración y alhajamiento de edificios y viviendas, con destino comercial o habitacional, para venderlos, permutarlos o arrendarlos, por unidades o como universalidades; d) la formación, gestión, y participación en condominios, en asociación en cuenta o participación, participar en otras sociedades como capitalista o gestora; e) la inversión de los recursos de la sociedad en monedas y)o valores, en acciones, cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de bienes inmuebles; todo sin perjuicio de los demás actos y contratos necesarios para el desarrollo del giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARY CARMEN ENCINA LORCA, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número ciento treinta y uno, oficina trescientos veintidós, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2021, ante mí, repertorio número 13585-21, don Salomón Sarfatis Pesso, cédula de identidad número 5.259.805-2; doña Orit Edith Sarfatis Feige, cédula de identidad número 15.934.529-7; don Alberto Sarfatis Feige, cédula de identidad número 16.356.283-9; y don Misel Mesulam Sarfatis Pesso, cédula de identidad número 5.142.189-2; todos domiciliados en calle San Francisco N° 235, Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre: El nombre de la sociedad será “KANELO DOS SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) la organización, planificación, compra, venta, arrendamiento y loteo, de bienes raíces propios o ajenos; b) la compraventa y arrendamiento de inmuebles y su urbanización; y todos los negocios relacionados con la construcción; c) la construcción, reparación, habilitación, desarrollo, decoración y alhajamiento de edificios y viviendas, con destino comercial o habitacional, para venderlos, permutarlos o arrendarlos, por unidades o como universalidades; d) la formación, gestión, y participación en condominios, en asociación en cuenta o participación, participar en otras sociedades como capitalista o gestora; e) la inversión de los recursos de la sociedad en monedas y/o valores, en acciones, cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza y en toda clase de bienes inmuebles; todo sin perjuicio de los demás actos y contratos necesarios para el desarrollo del giro social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de única serie, ordinarias y sin derechos preferentes, íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, al contado, en dinero efectivo, y a total satisfacción de la sociedad. Administración, uso razón social y representación: Corresponderá a don Salomón Sarfatis Pesso y a don Misel Mesulam Sarfatis Pesso, quienes actuaran individual, separadamente y a sola firma, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin perjuicio de otros apoderados que se designen especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2021.