IHUNT SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2021
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.100 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2021, con Repertorio número 8.625-2021, ante mí, se redujo a el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “IHUNT SpA”, sociedad inscrita a fojas 86.196, número 42.362 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019 (la “Sociedad”), celebrada ante mí en la misma fecha, en virtud de la cual se acordó, entre otras materias(a) Crear una Serie A y una Serie B de acciones. Las acciones Serie A serán ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, las que gozarán de todos los derechos políticos y económicos en la Sociedad. Las acciones Serie B son acciones preferentes, nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, las que gozarán de todos los derechos económicos en la Sociedad y con derecho a voto limitado en juntas de accionistas respecto a ciertas materias. La preferencia de las acciones Serie B durará 5 años desde que éstas hayan sido suscritas y pagadas; y (b) Aumentar el capital de la Sociedad en $200.100, esto es, desde su monto actual de $93.333.100 dividido en 700 acciones Serie A y 0 acciones Serie B, al monto de $93.533.200 dividido en 700 acciones Serie A y 174 acciones Serie B, mediante la emisión de 174 nuevas acciones de pago Serie B, las que deberán ser suscritas y pagadas en el plazo máximo de cinco años contados desde su emisión. En virtud a los acuerdos de crear series de acciones y de aumentar de capital , la unanimidad de las acciones con derecho a voto han acordado modificar los estatutos de la Sociedad reemplazando los artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de noventa y tres millones quinientos treinta y tres mil doscientos pesos, dividido en ochocientas setenta y cuatro acciones nominativas, sin valor nominal, las cuales a su vez se dividen en una serie nominativa, sin valor nominal y ordinaria, denominada Serie A, y una serie nominativa, sin valor nominal y preferente, denominada Serie B. La Serie A consta de setecientas acciones y la Serie B consta de ciento setenta y cuatro acciones. Las acciones preferentes correspondientes a la Serie B gozarán únicamente de derechos económicos y darán derecho a voto en juntas ordinarias y extraordinarias de accionistas, con excepción de las siguientes materias: (i) Acordar el término anticipado o disolución de la Sociedad; (ii) Aprobar el plan anual de negocios de la Sociedad; y, (iii) Designar anualmente a los auditores externos o inspectores de cuenta de la Sociedad. Respecto de las materias exceptuadas precedentemente, los accionistas Serie B no se considerarán para el cálculo de quórums de constitución ni acuerdo. No obstante, los titulares de acciones Serie B podrán asistir a las juntas de accionistas con derecho a voz. La preferencia de las acciones Serie B durarán cinco años desde que éstas hayan sido suscritas y pagadas. Una vez caducado dicho plazo, las acciones Serie B pasarán a ser ordinarias, por lo que se eliminarán las series de acciones en la Sociedad, pasando todas a ser ordinarias, nominativas y sin valor nominal.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es de noventa y tres millones quinientos treinta y tres mil doscientos pesos, dividido en ochocientas setenta y cuatro acciones nominativas, sin valor nominal, las cuales a su vez se dividen en una serie nominativa, sin valor nominal y ordinaria, denominada Serie A, y una serie nominativa, sin valor nominal y preferente, denominada Serie B. La Serie A consta de setecientas acciones, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, y la Serie B consta de ciento setenta y cuatro acciones, las cuales deberán suscribirse y pagarse en el plazo de cinco años contados desde su emisión.” En todo lo no modificado por la presente escritura se mantendrán plenamente vigente las disposiciones de los estatutos de IHUNT SpA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de junio de 2021.