Comercial El Faro SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2021
- Repertorio
- 6702/2021
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3076, Oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2021, bajo el repertorio n° 6.702/2021, ante mi suplente don Gustavo Montero Marti, comparece: Álvaro Patricio Díaz Barrios, domiciliado en Luis Carrera N° 1400, departamento 11A, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificó la sociedad AUTOMORA EL FARO SPA, inscrita a fojas 823, N° 423 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2016 y publicada en el Diario Oficial con fecha 09 de enero de 2016. La modificación consistió en modificar el pacto social de la siguiente forma: (i) Se reemplazó el artículo primero de los estatutos sociales, relativo al nombre y domicilio de la sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será Comercial El Faro SpA que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además, por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero”; (ii) Se reemplazó el artículo tercero de los estatutos sociales, relativo al objeto de la sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) efectuar trabajos de mecánica automotriz, desabolladura, pintura y, en general, todo tipo de servicios para automóviles y otros vehículos motorizados, b) la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de muebles e inmuebles, prestar asesoría y consultoría en materias comerciales, financieras y operacionales a terceros, c) importación de todo tipo de repuestos automotrices, d) la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios propios o ajenos, la comercialización de todo tipo de productos agrícolas, el mejoramiento de praderas para siembra y forraje, el transporte de ganado y de todo producto silvoagropecuario. Para los fines antes indicados la sociedad podrá comprar y vender todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles y podrá invertir los recursos que obtenga en todo tipo de instrumentos, pudiendo formar otras asociaciones o sociedades de cualquier naturaleza. La sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que acuerden los socios para cumplir los fines antes indicados”. En todo lo que no se hubiere modificado se mantienen plenamente vigentes las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2021. Roberto Antonio Cifuentes Allel. Notario Público.