TECNOLOGÍA EN ALIMENTOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2021
- Repertorio
- 31727-2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 24-05-2021, repertorio 31.727-2021, ante mí, compareció, JORGE IVAN ORELLANA GODOY, domiciliado en Avenida del Parque 4980, oficina 436, comuna de Huechuraba, Santiago, quien redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “TECNOLOGÍA EN ALIMENTOS SpA”, RUT N° 76.585.628-0, inscrita a fojas 49667 número 27160 Año Registro Comercio Santiago Año 2016, en la cual se adoptó acuerdo unánime de realizar saneamiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.499, de los errores formales de nulidad de que adolece la modificación que consta de escritura pública de fecha 26 de enero de 2021, otorgada en la notaría de Santiago de don Gonzalo Hurtado Mendoza, Rep. Nº 331-2021 y su extracto inscrito a fojas 11055 número 5023, Registro de Comercio de Santiago correspondiente Año 2021; y publicado en Diario Oficial el 08 de febrero de 2021; en el sentido de aclarar y enmendar que, según consta del Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas realizada el 14 de diciembre de 2020, que se encuentra debidamente incorporada al Libro de Juntas de Accionistas de la sociedad y que se exhibió a la presente Junta convocada para el saneamiento, los acuerdos de la Junta en dicha oportunidad, en resumen, fueron los siguientes: a) Aumentar el capital social de la suma de $50.000.000, dividido en 100 acciones, a la suma de $350.000.000.- dividido en 700 acciones, mediante la emisión de 600 acciones de pago de nueva emisión, a un precio de $500.000.-. b) Las 600 acciones de pago de nueva emisión fueron íntegramente suscritas por INVERSIONES JORGE ORELLANA LIMITADA, por la suma total de $300.000.000.-. c) Se acordó reformar los estatutos, reeemplazando los Artículos QUINTO y TRANSITORIO, por los siguientes: i) Se sustituye el Título Segundo, Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de trescientos cincuenta millones de pesos, dividido en setecientas acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie, y sin valor nominal.”.- ii) Se sustituye el Título Undécimo, Disposiciones Transitorias, Artículo Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de trescientos cincuenta millones de pesos.-, dividido en setecientas acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie, y sin valor nominal, suscrito en su totalidad por “INVERSIONES JORGE ORELLANA LIMITADA”, y se paga de la siguiente forma: a) con la suma de cincuenta millones de pesos, que fueron enterados con anterioridad; y b) con la suma de trescientos millones de pesos, que se pagarán al contado en dinero efectivo, y que ya ingresaron a la caja social”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de junio de 2021.