Sociedad Agrícola Murphy’s Gold Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2021
- Repertorio
- 873/2021
- Notario
- CARLA SALAZAR MEZA
- Domicilio
- titular DANIEL V. MONDACA PEDRERO
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $125.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA SALAZAR MEZA, abogado, Notario Público Suplente del titular DANIEL V. MONDACA PEDRERO, de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: por escritura pública de fecha 06 de abril de 2021, otorgada ante notario titular de este oficio, bajo el repertorio 873/2021, complementada y rectificada en virtud de escritura pública de fecha 24 de mayo de 2021, ante mí, John Alan Heffron, domiciliado en 4652 GAP RD. Outlook, Washington State, Estados Unidos de Norteamérica, representado según se indica en la comparecencia; Gerardo Antonio Guzmán Soto, domiciliado en Huerto Las Tres Cuadras, Olivar Bajo; Daniel Gerardo Guzmán Díaz, domiciliado en Huerto Las Tres Cuadras, Olivar Bajo; Eduardo Alfredo Guzmán Soto, domiciliado en Ruta H 40, 1400, comuna de Olivar; Sociedad de Inversiones Antártica Élite SpA, representada por don Dino Victorio Cajas Ormeño, ambos con domicilio en Gabriela Mistral 644, Rancagua, celebraron modificación de “Sociedad Agrícola Murphy’s Gold Limitada”, inscrita a fojas 474 número 638 del Registro de Comercio de Rancagua correspondiente al año 2003, y acordaron: John Alan Heffron cedió y transfirió sus derechos sociales a “Sociedad de Inversiones Antártica Élite SpA”, RUT Nº 77.244.601-2. Con motivo de la cesión, “Sociedad Agrícola Murphy’s Gold Limitada” queda constituida y con la participación del capital social como se indica: don Daniel Gerardo Guzmán Farías, con el 49% de los derechos sociales; don Gerardo Antonio Guzmán Soto, con el 0,5% de los derechos sociales; don Eduardo Alfredo Guzmán Soto, con el 0,5% de los derechos sociales; y Sociedad de Inversiones Antártica Élite SpA, con el 50% de los derechos sociales. El capital de la sociedad asciende a $125.000.000. En lo no modificado mantiene su vigencia el pacto social original. Demás estipulaciones en Escritura extractada.- Rancagua, 27 de mayo de 2021.-