MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

MANUEL ENRIQUE LOYOLA TAPIA SERVICIOS EDITORIALES E.I.R.L.

RUT 76051156-0 CVE 1956170
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2008
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2008
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Titular 30° Notaria Santiago, oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, o0fs. 1354-135, esta ciudad, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, MANUEL ENRIQUE LOYOLA TAPIA, chileno, de 61 años de edad, cédula de identidad N° 7.938.990-1, casado, separado de bienes, Licenciado en Historia, domiciliado en Avenida Laguna La Invernada N° 0246, comuna de Estación Central de la ciudad de Santiago, modificó y amplió las facultades de administración contempladas en la cláusula Séptima de la escritura de constitución, de fecha 9 de septiembre del año 2008, inscrita a fojas 49.919 número 34.528 del año 2008 del Registro de Comercio de Santiago, de la empresa "MANUEL ENRIQUE LOYOLA TAPIA SERVICIOS EDITORIALES E.I.R.L.”, RUT. 76.051.156-0, añadiendo a lo ya estipulado en su momento que podrá a) Abrir cuentas corrientes bancarias, de depósito de ahorro y de crédito y girar y sobregirar en ellas o bien cerrarlas; retirar talonarios de cheques y aprobar saldos; girar, endosar y cancelar cheques; b) Contratar créditos a fin de poder alcanzar el objeto para el cual ha sido constituida la empresa; c) Contratar préstamos mutuo, avances en cuenta corriente, y tomar y colocar dineros a interés; d) Aceptar, tomar, endosar, cobrar, cancelar, prorrogar y protestar letras de cambio, pagarés, vale vista, cheques y demás documentos negociables o efectos de comercio; e) Ejecutar toda clase de operaciones bancarias o mercantiles, fijar sus condiciones y ponerles términos; y f) Contratar seguros, firmar, endosar y cancelar pólizas, aprobar liquidaciones de siniestro y percibir el valor de las pólizas respectivas.- Además, podrá en nombre de la empresa dar en arrendamiento o vender los bienes inmuebles de propiedad de la empresa, pudiendo celebrar todo aquel acto o contrato necesario y requerido para ello. Asimismo, don MANUEL ENRIQUE LOYOLA TAPIA, en su calidad de titular de la empresa, representará a ésta con las más amplias atribuciones en toda clase de juicios ante cualquier tribunal, pudiendo ejercer todas las facultades ordinarias, al igual que las especiales, de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir. En todo lo demás que no ha sido modificado y/o ampliado, en especial en lo que dice a la cláusula Sétima de la escritura de constitución ya señalada, mantendrá su vigencia, rigiendo lo establecido en su momento en la escritura pública de constitución ya citada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de Abril de 2021.