CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MORACETO LIMITADA

CVE 1956253
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2021
Notaría
Macul
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2021
Notario
JUAN FACUSE HERESI
Domicilio
Santiago
Comuna
Macul

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad comienza con esta fecha y tendrá una duración de dos años, plazo que se entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno de ellos si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término, mediante escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al término del período en

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o ajena, en la República de Chile o en el extranjero de las siguientes actividades: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) La administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; c) La administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas; d) El corretaje, y la intermediación de propiedades; e) la compra, venta, arrendamiento, y explotación de bienes raíces; f) la administración de bienes raíces y condominios sujetos al régimen de copropiedad inmobiliaria; g) la prestación de servicios de asesorías, consultoría, tasaciones, corretaje, comisiones, mandatos para ejecución de negocios y servicios a favor de terceros; h) la promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales, incluyendo la asesoría de los mismos; i) la prestación de servicios de asesorías o consultoría en cualquier área; y j) efectuar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior que acordaren los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios en forma individual o separada, con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha 12 de mayo de 2021, ante mí, JOSÉ HERNÁN MORENO ARAYA, ROSA ELVIRA ACEVEDO VARGAS, SANDRA EVELYN MORENO ACEVEDO, y CRISTIAN ENRIQUE TORRES PARDO, todos domiciliados en Carlos Cariola número tres mil novecientos treinta y seis, oficina uno, comuna de Macul, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social o nombre de la sociedad será "INVERSIONES MORACETO LIMITADA", pudiendo usar también, indistintamente, para todos los efectos legales, comerciales, tributarios, financieros, y bancarios los nombres de fantasía "INVERSIONES MORACETO LTDA.", “MORACETO LTDA” o “MORACETO”. Administración. La administración y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios en forma individual o separada, con las más amplias facultades. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don José Hernán Moreno Araya, la suma de $3.000.000, ya ingresados a la caja social, equivalente al 30% del capital social; b) doña Rosa Elvira Acevedo Vargas, la suma de $2.000.000, ya ingresados a la caja social, equivalente al 20% del capital social; c) doña Sandra Evelyn Moreno Acevedo, la suma de $2.000.000, ya ingresados a la caja social, equivalente al 20% del capital social; y d) don Cristian Enrique Torres Pardo, la suma de $3.000.000, ya ingresados a la caja social, equivalente al 30% del capital social. Responsabilidad. La responsabilidad personal de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Objeto. El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o ajena, en la República de Chile o en el extranjero de las siguientes actividades: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) La administración, adquisición, enajenación o explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; c) La administración de todo tipo de inversiones, y obtener rentas; d) El corretaje, y la intermediación de propiedades; e) la compra, venta, arrendamiento, y explotación de bienes raíces; f) la administración de bienes raíces y condominios sujetos al régimen de copropiedad inmobiliaria; g) la prestación de servicios de asesorías, consultoría, tasaciones, corretaje, comisiones, mandatos para ejecución de negocios y servicios a favor de terceros; h) la promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales, incluyendo la asesoría de los mismos; i) la prestación de servicios de asesorías o consultoría en cualquier área; y j) efectuar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior que acordaren los socios. Duración. La sociedad comienza con esta fecha y tendrá una duración de dos años, plazo que se entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno de ellos si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término, mediante escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de seis meses al término del período en vigencia. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la facultad de abrir sucursales en cualquier otra parte del país o del extranjero. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de junio de 2021.