MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE DIALISIS TEMUCO LIMITADA

RUT 78276610-4 CVE 1956453
Capital
$24.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de julio de 1992
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
23 de julio de 1992
Notario
ELENA LEYTON CARVAJAL
Oficio
Cuarta Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Sociedad

Capital
$24.000.000 CLP

Objeto social

Modificar el Artículo Segundo de los estatutos sociales relativo al objeto social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “SEGUNDO. El objeto de la Sociedad será la instalación, explotación y administración de clínicas y centros de diálisis, así como de sus sucursales; la prestación integral de servicios de salud en el ámbito renal, esto es, la realización de procedimientos médicos de sustitución de la función renal, tratamiento de diálisis, otorgamiento de prestaciones en el ámbito de la nefrología, y en general, la atención de pacientes con patologías o insuficiencias renales de todo tipo, de forma directa o a través de convenios, sea a particulares, o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Institutos de Salud Previsional (Isapres), Servicios de Bienestar y organismos del sector público o privado; la importación, exportación, ejecución, compra y venta de toda clase de productos médicos, insumos, suministros, equipos, artefactos, elementos y soportes técnicos destinados a la habilitación, instalación y explotación comercial de establecimientos de salud, centros de salud, clínicas y centros de diálisis, así como la mantención y reparación de los mismos. Para la consecución de los fines descritos, la Sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas jurídicas o naturales, dentro o fuera del país, como, asimismo, podrá celebrar y ejecutar todos los contratos y convenciones que sean conducentes a dichos fines”

Administración

Modificar la administración de la Sociedad, contenida en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “SÉPTIMO. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO HERNÁN VILLALBA ZABALA, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y nueve guion siete, quien, anteponiendo su nombre a la razón social, podrá por sí o a través de mandatarios generales o especiales designados por escrito, obligar a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes. Los socios CID ADMINISTRADORA DE CENTRO DE DIALISIS SpA y MEGAMEDICAL SpA, acuerdan que, a continuación del artículo séptimo de los estatutos sociales, se agregue un Artículo Séptimo bis del siguiente tenor: “SÉPTIMO BIS.UNO. Se nombra como Gerente General a don ESTEBAN VICENTE HUERTA GUTIÉRREZ, cédula de identidad número diez millones setecientos nueve mil quinientos cincuenta y dos guion siete, quien, actuando en dicha calidad, tendrá las facultades contenidas en el instrumento que extracto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N°831, Temuco, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, doña CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN, enfermera, por sí y en representación, de INVERSIONES E INMOBILIARIA CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMAN E.I.R.L, giro de su denominación, ambas con domicilio en calle Plaza Del Rey 02178, Villa Puertas de Alcalá, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, don RODRIGO HERNAN VILLALBA ZABALA, abogado, con domicilio en calle Miraflores 130, piso 16, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación de CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIÁLISIS SpA, del giro de su denominación y de MEGAMEDICAL SpA, sociedad del giro compra y venta de bienes muebles, ambas con domicilio en Camino Vecinal 8370, comuna de Renca, Región Metropolitana, modificaron sociedad CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 23 de julio de 1992, otorgada ante don Santiago Vera Carberry, Suplente del Titular don René Ramirez Molina, Notario Público de Temuco, cuyo extracto se inscribió a fojas 521 N°361 del Registro de Comercio de Temuco correspondiente al año 1992, el cual fue publicado en el derechos: Primera venta o cesión de derechos: Doña CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN, vende, cede y transfiere a CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIÁLISIS SpA, quien por medio de su representante, compra y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales de los que es dueña en la sociedad CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales. Segunda venta o cesión de derechos: Doña CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN E.I.R.L., vende, cede y transfiere a CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIÁLISIS SpA, quien por medio de su representante, compra y adquiere para sí, el 98% de los derechos sociales de los que es dueña en la Sociedad CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, equivalente al 49% del total de los derechos sociales. Tercera venta o cesión de derechos: Doña CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN E.I.R.L., vende, cede y transfiere a MEGAMEDICAL SpA, quien por medio de su representante compra y adquiere para sí, el 2% restante del 50% de los derechos sociales de los que era dueña antes de efectuarse la Segunda Venta o Cesión de Derechos, correspondiente a la totalidad de los derechos de los que es dueña en la sociedad CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales. Como consecuencia de las cesiones de derechos efectuadas precedentemente, se retiran de la sociedad CENTRO DE DIALISIS TEMUCO LIMITADA doña Carmen Emma Patricia Niada Guzmán e INVERSIONES E INMOBILIARIA CARMEN EMMA PATRICIA NIADA GUZMÁN E.I.R.L. De esta forma, quedan cómo únicos socios de CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, las sociedades CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIALISIS SpA, y MEGAMEDICAL SpA, con un 99% del total de los derechos sociales y un 1% del total de los derechos sociales, respectivamente. CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIÁLISIS SpA y MEGAMEDICAL SpA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad CENTRO DE DIÁLISIS TEMUCO LIMITADA, acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social. Objeto: Modificar el Artículo Segundo de los estatutos sociales relativo al objeto social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “SEGUNDO. El objeto de la Sociedad será la instalación, explotación y administración de clínicas y centros de diálisis, así como de sus sucursales; la prestación integral de servicios de salud en el ámbito renal, esto es, la realización de procedimientos médicos de sustitución de la función renal, tratamiento de diálisis, otorgamiento de prestaciones en el ámbito de la nefrología, y en general, la atención de pacientes con patologías o insuficiencias renales de todo tipo, de forma directa o a través de convenios, sea a particulares, o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Institutos de Salud Previsional (Isapres), Servicios de Bienestar y organismos del sector público o privado; la importación, exportación, ejecución, compra y venta de toda clase de productos médicos, insumos, suministros, equipos, artefactos, elementos y soportes técnicos destinados a la habilitación, instalación y explotación comercial de establecimientos de salud, centros de salud, clínicas y centros de diálisis, así como la mantención y reparación de los mismos. Para la consecución de los fines descritos, la Sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas jurídicas o naturales, dentro o fuera del país, como, asimismo, podrá celebrar y ejecutar todos los contratos y convenciones que sean conducentes a dichos fines”. Capital: Modificar el capital de la Sociedad, contenido en el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de $24.000.000.- que se aportó y enteró por los socios de la siguiente forma: A) CID ADMINISTRADORA DE CENTROS DE DIALISIS SpA aportó la suma de $23.760.000.- enterados e ingresados a caja social con anterioridad a esta fecha, con lo cual le corresponde el 99% del total de los derechos sociales. B) El socio MEGAMEDICAL SpA aportó la suma de $240.000.- enterados e ingresados a caja social con anterioridad a esta fecha, con lo cual le corresponde el 1% del total de los derechos sociales”. Administración: Modificar la administración de la Sociedad, contenida en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “SÉPTIMO. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO HERNÁN VILLALBA ZABALA, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y nueve guion siete, quien, anteponiendo su nombre a la razón social, podrá por sí o a través de mandatarios generales o especiales designados por escrito, obligar a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes. Los socios CID ADMINISTRADORA DE CENTRO DE DIALISIS SpA y MEGAMEDICAL SpA, acuerdan que, a continuación del artículo séptimo de los estatutos sociales, se agregue un Artículo Séptimo bis del siguiente tenor: “SÉPTIMO BIS.UNO. Se nombra como Gerente General a don ESTEBAN VICENTE HUERTA GUTIÉRREZ, cédula de identidad número diez millones setecientos nueve mil quinientos cincuenta y dos guion siete, quien, actuando en dicha calidad, tendrá las facultades contenidas en el instrumento que extracto. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, Mayo 18, 2021.