MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

CONCRECES FACTORING S.A.

RUT 76043103-6 CVE 1955559
Fecha instrumento
30 de abril de 2021
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2021
Repertorio
4030-2021
Comuna
La Serena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Don Rubén Reinoso Herrera notario de la Cuarta Notaría de La Serena certifica que: Por escritura pública de fecha 30 de Abril del año 2021 repertorio 4030-2021, otorgada en esta notaria, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CONCRECES FACTORING S.A., celebrada con fecha 30 de Abril del año 2021, en la cual, se acordó modificar los estatutos sociales de la sociedad inscrita a fojas 1.079 número 619 del Registro de Comercio del Conservador de la Serena del año 2008, acordándose, reducir el número de directores de 5 a 3 miembros. Como consecuencia de lo anterior, se acordó remplazar el ARTÍCULO OCTAVO y ARTÍCULO NOVENO de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO OCTAVO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros titulares, quienes, no tendrán necesariamente la calidad de accionistas. Los directores durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Al final de cada periodo deberá procederse a la elección de la totalidad de los miembros del directorio. ARTÍCULO NOVEO: El Directorio se reunirá por lo menos una vez al año. El quórum para sesionar será de dos directores y los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes a la sesión. En caso de empate, decidirá el voto del que preside la reunión. El directorio podrá reunirse en sesiones extraordinarias cuando las cite especialmente el Presidente, por sí o por indicación de uno o más directores, previa calificación que el presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual, deberá necesariamente celebrarse la reunión, sin calificación previa. En las sesiones extraordinarias, solo podrá tratarse las materias específicas de la convocatoria. De las deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en el Libro de Actas. Los acuerdos se podrán llevar a efecto una vez que se encuentre aprobada el acta respectiva. El acta se entenderá aprobada desde el momento de si firma por los directores asistentes.”. Las demás estipulaciones constan de la escritura extractada. La Serena 26 de mayo 2021.