MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTHERN NAVIGATION LIMITADA

RUT 76940100-8 CVE 1954015
Fecha instrumento
23 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de marzo de 2021
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA ETC LIMITADA socio 76002155-5
INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTHERN NAVIGATION LIMITADA socio 76940100-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Titular de la 27ª Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco N° 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de esta fecha, comparecen ante mí: 1) HANS ERIK BREDRUP BUGGE, C.I 21.914..584-5, con domicilio en calle Augusto Leguía Norte N°100, oficina 710, Las Condes, 2) ANDREA MARCELA HUMERES APRÁ, C.I 8.248.081-1 y 3) INMOBILIARIA ETC LIMITADA, RUT 76.002.155-5, ambas con domicilio en calle Carlos Peña Otaegui N° 12.050, departamento 402 B, Las Condes, en su calidad de únicos socios, acuerdan modificar los estatutos sociales de INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTHERN NAVIGATION LIMITADA, RUT 76.940.100-8, sociedad inscrita a fojas 76.313, N° 44.547 del Registro de Comercio de Santiago, año 2015, en los siguientes términos: se retira la socia ANDREA MARCELA HUMERES APRÁ, quien transfiere el total de los derechos sociales que posee en INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTHERN NAVIGATION LIMITADA, correspondiente al 18,18%, a la sociedad INMOBILIARIA ETC LIMITADA, en un valor de $56.000.000. A consecuencia de lo anterior se modifica, el artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital, el cual queda expresado en el siguiente tenor “QUINTO: El capital social asciende a la suma de un millón cien mil pesos, que se enteró, pagó y pagará en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: (a) Don HANS ERIK BREDRUP BUGGE, aporta la suma de novecientos mil pesos, equivalentes al ochenta y uno coma ochenta y dos por ciento de los derechos sociales, pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; y (b) INMOBILIARIA ETC LIMITADA, aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al dieciocho coma dieciocho por ciento de los derechos sociales, pagados al contado y en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de marzo de 2021.