SERVICIOS PSICOLÓGICOS EB SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- – Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
– La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública extendida con fecha 24 de Mayo de 2021, ante mí, don JUAN PABLO ECHEVERRIA BAYARLIA, cédula nacional de identidad N° 18.391.804-4, domiciliado para estos efectos en Las Hortensias N°2710, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, constituyó una Sociedad por Acciones, que se regirá por los siguientes estatutos: i. Razón Social: SERVICIOS PSICOLÓGICOS EB SpA. ii. Domicilio. – Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. iii. Duración. - La duración de la Sociedad será indefinida. iv. Objeto. – La sociedad tendrá por objeto: a) La explotación de clínicas médicas psiquiátricas, centros de rehabilitación y terapéutica, de psicodiagnóstico, psicoterapia individual y de grupos; b) Evaluación y psicodiagnóstico de pacientes, sean niños, adolescentes y adultos; c) Selección de personal, cursos de extensión de terceros en centros de salud; d) En general, la prestación de servicios de psicología, sea directamente o a través de convenios, sea a particulares, a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional o servicios de bienestar. v. Capital Social. El capital social asciende a la suma de $500.000.-, dividido en 500 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 25 de Mayo de 2021.