INVERSIONES NILHUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2021
- Repertorio
- 9595-2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8va. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público titular de la 8va. Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, Region Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2021, bajo el repertorio N° 9595-2021, ante mí, don JAIME ROGELIO DE LA CERDA DINAMARCA, C.I Nº 9.667.192-K, debidamente facultado, redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES NILHUE SPA, constituida por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2017, ante el notario público don Cesar Ricardo Sánchez García, suplente del titular de la Decimo Novena Notaria de Santiago, de don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, repertorio Nº10.447, e inscrita a fojas 47.185, numero 25.607, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil diecisiete. Antecedentes relevantes. Con fecha 22 de abril de 2021, se suscribió compraventa privada de acciones en la cual don Juan José De la Cerda Edwards, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus acciones, esto es 500 acciones, a don Jaime Rogelio De la Cerda Dinamarca, quien compró, adquirió y acepto la cantidad de 500 acciones. De esta forma don Jaime Rogelio De la Cerda Dinamarca quedo con la cantidad de 5.000 acciones, quedando como único accionista de la sociedad, quien compro, adquirió y acepto en el precio único, total y definitivo de $500.000 pesos, precio que el comprador pagó al vendedor de contado en dinero efectivo en ese mismo acto, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. Asimismo, el comprador declaro haber recibido los títulos a su entera conformidad. Atendida la compraventa señalada, los comparecientes vienen a modificar la sociedad en el siguiente sentido: Uno) En este acto, se viene a revocar expresamente y dejar sin efecto la designación de Administrador existente en favor de don Juan José De la Cerda Edwards. En efecto, permanece vigente solo la designación de Administrador que recae sobre don Jaime Rogelio De la Cerda Dinamarca, por lo cual, se modifica el primer párrafo del Artículo Decimo de la escritura pública de constitución, individualizada previamente, quedando de la siguiente forma: “TITULO III.- De la Administración de la Sociedad. - Articulo Decimo: La sociedad será administrada por don JAIME ROGELIO DE LA CERDA DINAMARCA.” Dos) Se modifica el Artículo Primero Transitorio de la escritura pública de constitución, individualizada previamente, quedando de la siguiente forma: “DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Artículo Primero Transitorio: El capital social de cinco millones de pesos, dividido en cinco mil acciones nominativas, iguales y de una misma serie, sin valor nominal, se encuentra suscrito, enterado, y pagado, quedando determinado de la siguiente manera: JAIME ROGELIO DE LA CERDA DINAMARCA, ya individualizado, suscribe un total de cinco mil acciones, equivalentes a la suma de cinco millones de pesos, y al cien por ciento del capital social, las cuales se encuentran pagadas y enteradas en la caja social. Tres) En este acto, se viene a revocar expresamente y dejar sin efecto la designación de Administrador Provisional existente en favor de don Juan José De la Cerda Edwards, por tanto, derechamente se elimina el Articulo Segundo Transitorio, de las Disposiciones Transitorias. En todo lo no modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones en escritura extractada. Conforme.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Santiago 24 de mayo de 2021.-