Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2021
- Repertorio
- 9741-2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentistas, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como propiedades o bienes raíces, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, participaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros; la administración de las mismas inversiones; la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; y cualquier actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho y cualquier otro acto afín que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2021, Repertorio N° 9.741-2021, ante mí, doña DAMARIS LEYVA PÉREZ, C.I. N°14.656.495-K, y doña ANDREA CAROLINA ARCAYA PIZARRO, C.I. N°8.518.836-4, debidamente representada por don OSCAR RICARDO ARCAYA COBOS, C.I. N°5.378.634-0, domiciliados en El Acacio N°47, Camino Lonquén Norte, paradero 14, comuna Calera de Tango, constituyeron sociedad por acciones.- Nombre o razón social. “INVERSIONES ARCAYA SpA”.- Duración. Indefinida.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentistas, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como propiedades o bienes raíces, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, participaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros; la administración de las mismas inversiones; la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; y cualquier actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho y cualquier otro acto afín que acordaren los accionistas.- Capital. $20.000.000.-, dividido en mil acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: doña DAMARIS LEYVA PÉREZ suscribe 500 acciones, en la suma de $10.000.000.-, suma que paga en este acto y en dinero efectivo y que ingresa en arcas sociales; y doña ANDREA CAROLINA ARCAYA PIZARRO suscribe 500 acciones, en la suma de $10.000.000.-, suma que paga en este acto y en dinero efectivo y que ingresa en arcas sociales. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- Administración y uso de razón social. Corresponderá a don OSCAR RICARDO ARCAYA COBOS, cédula nacional de identidad N°5.378.634-0, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. En su ausencia o impedimento, por cualquier causa, la que no será necesario acreditar ante terceros, el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a doña DAMARIS LEYVA PÉREZ, y a doña ANDREA ARCAYA PIZARRO, indistintamente. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 27 de mayo de 2021.-