ASESORÍA E INVERSIONES ARKANSAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2021, ante mí, don Michael Milton Grasty Cousiño, doña Ximena Cristina Aguilera Vigorena y doña Cristina Sofía Long Aguilera, todos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena 140, piso 20, comuna de Las Condes, como actuales y únicos socios de ASESORÍA E INVERSIONES ARKANSAS LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, acordaron lo siguiente 1) Dar cuenta de la correspondiente transmisión y adjudicación de los derechos sociales efectuados; y 2) Cesión de derechos sociales. Don Michael Grasty Cousiño vendió, cedió y transfirió a doña Cristina Sofía Long Aguilera la totalidad de sus derechos sociales de la Sociedad, correspondiente al 1% del capital social, retirándose como socio de la Sociedad. Como consecuencia de la cesión de derecho señalada precedentemente, quedan como únicos socios de la Sociedad doña Ximena Cristina Aguilera Vigorena con un 72,5% de los derechos sociales y doña Cristina Sofía Long Aguilera con un 27,5% de los derechos sociales. Al efecto, se sustituyó el artículo quinto y séptimo que se extractan a continuación: “Artículo Quinto. El capital social es la suma de $40.000.000, que se encuentra íntegramente pagado mediante los aportes que los socios ya han ingresado a la caja social con anterioridad a esta fecha. El capital se ha enterado en la proporción de un 72,5%, esto es $29.017.327 por doña Ximena Cristina Aguilera Vigorena, y un 27,5%, esto es, $10.982.673 por doña Cristina Sofía Long Aguilera.” y ”Artículo Séptimo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Patricio Jaime Aguilera Vigorena y doña Ximena Cristina Aguilera Vigorena, quienes actuando individual e indistintamente, anteponiendo a sus firmas la razón social, administrarán la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2021.