Inversiones Fratelli SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.320.980 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 835, piso 18, Santiago certifico que por escritura pública de fecha 29 de abril de 2021, ante mí, Inversiones Portofino SpA, Domenica Debarbieri Neubauer, Angelo Debarbieri Neubauer y Renato Debarbieri Neubauer, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa 181, oficina 1.002, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de Inversiones Fratelli SpA, sociedad inscrita a fojas 37.106 N° 17.074 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, en el siguiente sentido: 1) Aumentar el capital social en la suma de $11.320.980, esto es, de su monto actual de $4.012.001 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $15.332.981, dividido en 3.400 de acciones de iguales características a las actuales, mediante la emisión de 3.300 acciones de pago. Acto seguido, aumentar nuevamente el capital de la sociedad en la suma de $35.920.400, desde su monto de $15.332.981, dividido en 3.400 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $51.253.381, dividido en 6.700 acciones de iguales características, mediante la emisión de 3.300 acciones de pago. Y acto seguido, volver a aumentar el capital social en la suma de $178.746.619, esto es, desde su monto de $51.253.381, dividido en 6.700 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $230.000.000, dividido en 10.000 acciones de iguales características a las actuales, mediante la emisión de 3.300 acciones de pago. 2) Los aumentos previamente señalados fueron íntegramente suscritos y pagados en la forma señalada en la escritura extractada. 3) Como consecuencia de lo anterior, se sustituyeron los artículos Quinto y Primero transitorio de los estatutos sociales, referentes al capital. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó portador de este extracto para legalización. Santiago, 19 de mayo de 2021.