MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BLACK SHEEP SpA

RUT 77166663-9 CVE 1951666
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de mayo de 2021

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2021
Repertorio
940/2021
Notario
MARÍA OLGA ROJAS TREJO
Domicilio
Curicó

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Objeto social

– 3)Acuerdo sobre reducción de Acta a Escritura Pública.- El directorio propone que se faculte al gerente don Renato Rojas Gutiérrez, cédula nacional de identidad N° 15.631.821-3 para que reduzca íntegramente a escritura pública la presente Acta y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA OLGA ROJAS TREJO, Notario Público Interino de Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública 11 de mayo del año dos mil veintiuno, otorgada ante mí, don NICOLÁS JESÚS RIVERA CORDERO, chileno, cédula nacional de identidad número 18.253.644-K, soltero, Ingeniero Comercial, domiciliado en Fundo Las Pitras S/N Rauco Región del Maule; como constituyente y posteriormente el cedente y como cesionaria, doña TERESA DE JESÚS CORDERO VERGARA, chilena, cedula nacional de identidad número 8.442.278-Ic, soltera, secretaria, domiciliada en Puente Seco N1 sin número, comuna de Rauco, Región del Maule, por escritura pública ESCRITURA DE SANEAMIENTO Y VENTA DE ACCIONES DE SOCIEDAD POR ACCIONES de la sociedad BLACK SHEEP SpA, Rol Único Tributario Número 77.166.663-9, fecha de fecha 11 de mayo de 2021, ante el Notario Público Interino de Curicó doña María Olga Rojas Trejo anotada en su repertorio bajo el N°940/2021, donde se procedió a sanear la presente sociedad en el término que se expondrá: PRIMERO: Que, la sociedad “BLACK SHEEP SpA” Rol único Tributario número 77.166.663-9, fue constituida como Sociedad por Acciones, mediante escritura pública extendida con fecha 27 de abril de 2020, ante el Notario Público Titular de Curicó don Eduardo del Campo Vial, y se inscribió a fojas 538 vuelta N° 256 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. El capital social es de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.-) dividas en 20 acciones nominativas, sin valor nominal ni privilegio más allá del dominio sobre la porción que representan sobre el patrimonio de la sociedad. Las acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas, dicha sociedad fue modificada primera junta extraordinaria de directorio de fecha 30 de septiembre de 2020 protocolizada con fecha 01 de octubre de 2020 ante el señor Notario Público Titular de Curicó don Eduardo del Campo Vial la cual corre inscrita a fojas 1.077 vuelta N° 519 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó y posteriormente por acta de modificación social protocolizada con fecha 04 de noviembre de 2020 ante el señor Notario Público Titular de Curicó don Eduardo del Campo Vial la cual corre inscrita a fojas 1224 vuelta N°579 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. - SEGUNDO: Que, en atención a lo expuesto, se certifica que a la fecha de hoy figura como único accionista de la sociedad “BLACK SHEEP SpA”, don NICOLÁS JESÚS RIVERA CORDERO, cédula nacional de identidad número 18.253.644-K, con 20 (veinte) acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que equivalen a la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.-), que corresponden a la totalidad del capital social. TERCERO: Que en virtud del artículo segundo transitorio, el cual señala Mientras la sociedad sea unipersonal no será necesario realizar Sesiones de Directorio ni Juntas de Accionistas, don NICOLÁS JESÚS RIVERA CORDERO, en su calidad de único accionista de la sociedad referida viene en señalar que “BLACK SHEEP SpA” Rol único Tributario número 77.166.663-9, De acuerdo a lo preceptuado en los artículos 424 a 446, párrafo octavo, Libro Segundo del Código de Comercio, introducidos por la Ley número 20.190 que modifica el Mercado de Capitales,, que regula la constitución de Sociedad por acciones, éstas se forman y prueban por escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente al domicilio social y publicarse en el Diario Oficial OPERANDO LO MISMO PARA LAS MODIFICACIONES SOCIALES. En relación a ello cabe tener presente que para primera junta extraordinaria de directorio de fecha 30 de septiembre de 2020 protocolizada con fecha 01 de octubre de 2020 ante el señor Notario Público Titular de Curicó don Eduardo del Campo Vial la cual corre inscrita a fojas 1.077 vuelta N°519 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, señalada precedentemente no se cumplió oportunamente con la obligación de publicación en el anterior.- Como consecuencia de ello, y de acuerdo a lo señalado en la normativa vigente aplicable a este caso particular, la sociedad en cuestión adolece de nulidad, ya que no se dio íntegro y oportuno cumplimiento a todas las solemnidades requeridas legalmente, sin perjuicio de la posibilidad de saneamiento contemplada en la Ley 19.499 sobre saneamiento de los vicios de nulidad de sociedades.- CUARTO: En virtud de lo señalado en la Ley Nº 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades el compareciente viene en sanear el vicio formal de que adolece la escritura protocolizada con fecha 01 de octubre de 2020 ante el señor Notario Público Titular de Curicó, don Eduardo del Campo Vial, relativa a la Primera junta extraordinaria de directorio de fecha 30 de septiembre de 2020 la cual corre inscrita a fojas 1.077 vuelta N° 519 del Registro de Comercio del año 2020 referida, solicitando la publicación del respectivo extracto en el Diario Oficial, en el siguiente termino: “EXTRACTO: EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública 01 de octubre del año dos mil veinte, otorgada ante mí, don RENATO ROJAS GUTIERREZ, domicilio en calle Estado número 50 oficina A, comuna y provincia de Curicó, reduce a escritura pública ACTA PRIMERA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de fecha 30 de septiembre del año 2020 de la sociedad BLACK SHEEP SpA, Rol Único Tributario Número 77.166.663-9, el protocolizada es anotado en su repertorio bajo el N°2552/2020,donde se acordó; MODIFICAR: El directorio informa que la presente junta tiene por objeto que los accionistas se pronuncien, aprobando o rechazando los siguientes puntos: MODIFICAR LA CLÁUSULA TERCERO DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN SOCIAL AMPLIANDO ASÍ EL OBJETO Y GIRO DE LA SOCIEDAD.- El presidente expone que es necesario modificar la Cláusula Tercero de la escritura de constitución social la sociedad “BLACK SHEEP SpA”, Rol Único Tributario Número 77.166.663-9, constituido por escritura pública de fecha 27 de abril del año 2020, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo Del Campo Vial anotada en su repertorio bajo el N°1263/2020, ampliando así el objeto y giro de DEBIENDO DECIR: Tercero: El objeto y giro de la sociedad será: Uno) El abastecimiento, distribución, importación, exportación, comercialización, compra y venta al por mayor y/o al detalle de prendas de vestir, calzado, accesorios, joyería y bisutería; conjuntamente con la explotación de establecimientos comerciales presenciales o vía plataformas digitales, sea por cuenta propia o ajena; Dos) La formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones de cualquier naturaleza; Tres) La realización de inversiones de toda clase, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas; Cuatro) La elaboración, pre elaboración, fabricación, distribución, invención y comercialización de hamburguesas, productos de panadería, pastelería, masas de dulces, pizzas o empanadas y todo producto similar referente al rubro de la comida rápida, panadería o pastelería. Cinco) Comercialización, producción, industrialización, exportación, importación y distribución de todo tipo de insumos de restaurant, panadería, pastelería, chocolatería, sándwiches, pasteles, dulces, tortas y toda clase de masas sean dulces o salados. Seis). -La invención, creación, confección de sistemas de producción, recetas y comercialización de ellos y sus patentes, relativos a la producción de productos de comida rápida, platos elaborados, panadería, pastelería, masas de dulces, pizzas o empanadas y todo producto similar referente al rubro gastronómico. Siete) La explotación de puntos de ventas, supermercados, mini market, puestos varios, centros comerciales, restaurantes, cocinas industriales y locales destinados al comercio mayorista o minorista. Ocho) La compra, envasado, transformación, producción, venta, importación y exportación y la distribución al por mayor o al detalle de toda clase de mercaderías, artículos, productos, alimentos y otros bienes de consumo que digan relación con la explotación de supermercados, mini market, puestos varios, centros comerciales, restaurantes, cocinas industriales y locales comerciales; la representación de empresas nacionales o extranjeras y el otorgamiento o la aceptación de concesiones comerciales en los rubros señalados. Nueve) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos comerciales relacionados con el rubro de, Venta de Confites, Alimentos, Bebestibles, Cigarrillos, Centro de Pago, Bazar. Diez) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos de comida rápida, bares fuentes de soda, gelaterias, pizzerías y similares, servicios gastronómicos y centro de eventos. Once) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación, explotación y realización directa o indirectamente toda clase de actividades relacionadas con la mercadotecnia, publicidad, propaganda y campañas publicitarias, de todo género y para toda clase de personas, naturales y jurídicas, privadas o públicas, a través de todos los medios apropiados, dentro de los cuales se mencionan en forma enunciativa pero no limitativa, el diseño, la creación, producción y promoción de campañas publicitarias a realizarse a través de medios como la prensa, la radio, la televisión cinematógrafos salones de exhibición , anuncios y tableros de toda clase, material impreso y películas, diseños de empaques de sistemas de identificación corporativa, así como la propaganda, producción y realización de documentos con propósitos publicitarios o de comunicación, y la investigación y explotación de mercados, hábitos y costumbres para el desarrollo conceptual o publicitario de productos nuevos o ya existentes, y la enajenación de ideas artísticas relacionadas con los objetos sociales, sin que por eso se entienda el prestar directamente los servicios de radiodifusión, y otros de radio y televisión, distintos de televisión por cable. Doce) Prestar servicios técnicos para la introducción de productos o mercancías nacionales o extranjeras en mercados nacionales o extranjeros. Trece) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación, explotación y realización de toda clase de actividades relacionadas con las artes gráficas, publicitarias, trabajos de fotografía, diseño, arquitectura, decoración, proyectos e impresión de toda clase de materiales. Cartoce) llevar a cabo la fabricación, ensamble, compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles, incluyendo discos, cassettes, cintas, videos, plataformas web, páginas web aplicaciones de celulares y toda clase de material gráfico y de comunicación. Quince) La compra, venta, distribución, comercialización, de equipo de audio, video, fotografía, diseño, dibujo, impresión, computación y de todo aquel relacionado con el objeto de la sociedad, y en general la adquisición, posesión, importación, exportación, arrendamiento y disposición, bajo cualquier título permitido por la Ley de toda clase de bienes muebles necesarios para el desarrollo de los objetos sociales. Dieciséis) Organización y Producción de eventos. Diecisiete) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos de tipo centro de eventos, parques recreativos, parques de esparcimiento y deportivos bares, fuentes de soda, pub, discotheques y cabarets, como cualquier otro expendio de bebidas alcohólicas al por menor o al detalle incluido la venta de productos alimenticios, bebestibles, gellaterías y similares. Dieciocho) La organización, producción, comercialización y participación en espectáculos y actividades de entretención y esparcimiento de carácter publicitarias y recreacional, y en otras relacionadas o derivadas de éstas, así como en actividades educacionales. Diecinueve) La realización de inversiones de toda clase, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas. Veinte) El desarrollo de todo tipo de actividades comerciales relacionadas con la Compra, Venta; Comercialización, distribución, importación, exportación de productos al por mayor y menor de productos para el hogar, textiles, artículos plásticos y sus derivados; artículos de jugueterías y sus derivados, artículos de librería y de escritorios y sus derivados; menaje en general; productos electrónicos y de línea, blanca; ropa de cama; muebles e instalación del hogar, productos de decoración, productos de aseo o limpieza de hogares e industriales, conjuntamente con la explotación de establecimientos comerciales relacionados con los mismos sea por cuenta propia o terceros. Veintiuno) Toda otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con este giro y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza. La sociedad podrá también realizar todas aquellas actividades complementarias al giro antes definido.- Acuerdo: Se acuerda, por la unanimidad que: Hecha la exposición, visto el estatuto social y analizados los antecedentes, se acuerda modificar la Cláusula Tercero de la escritura de constitución social la sociedad BLACK SHEEP SpA, Rol Único Tributario Número 77.166.663-9 con el voto a favor del 100% de las acciones emitidas, por lo que modifica la cláusula Tercero del pacto social quedando de la siguiente manera: Tercero: El objeto y giro de la sociedad será: Uno) El abastecimiento, distribución, importación, exportación, comercialización, compra y venta al por mayor y/o al detalle de prendas de vestir, calzado, accesorios, joyería y bisutería; conjuntamente con la explotación de establecimientos comerciales presenciales o vía plataformas digitales, sea por cuenta propia o ajena; Dos) La formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones de cualquier naturaleza; Tres) La realización de inversiones de toda clase, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas; Cuatro) La elaboración, pre elaboración, fabricación, distribución, invención y comercialización de hamburguesas, productos de panadería, pastelería, masas de dulces, pizzas o empanadas y todo producto similar referente al rubro de la comida rápida, panadería o pastelería. Cinco) Comercialización, producción, industrialización, exportación, importación y distribución de todo tipo de insumos de restaurant, panadería, pastelería, chocolatería, sándwiches, pasteles, dulces, tortas y toda clase de masas sean dulces o salados. Seis). -La invención, creación, confección de sistemas de producción, recetas y comercialización de ellos y sus patentes, relativos a la producción de productos de comida rápida, platos elaborados, panadería, pastelería, masas de dulces, pizzas o empanadas y todo producto similar referente al rubro gastronómico. Siete) La explotación de puntos de ventas, supermercados, mini market, puestos varios, centros comerciales, restaurantes, cocinas industriales y locales destinados al comercio mayorista o minorista. Ocho) La compra, envasado, transformación, producción, venta, importación y exportación y la distribución al por mayor o al detalle de toda clase de mercaderías, artículos, productos, alimentos y otros bienes de consumo que digan relación con la explotación de supermercados, mini market, puestos varios, centros comerciales, restaurantes, cocinas industriales y locales comerciales; la representación de empresas nacionales o extranjeras y el otorgamiento o la aceptación de concesiones comerciales en los rubros señalados. Nueve) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos comerciales relacionados con el rubro de, Venta de Confites, Alimentos, Bebestibles, Cigarrillos, Centro de Pago, Bazar. Diez) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos de comida rápida, bares fuentes de soda, gelaterias, pizzerías y similares, servicios gastronómicos y centro de eventos. Once) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación, explotación y realización directa o indirectamente toda clase de actividades relacionadas con la mercadotecnia, publicidad, propaganda y campañas publicitarias, de todo género y para toda clase de personas, naturales y jurídicas, privadas o públicas, a través de todos los medios apropiados, dentro de los cuales se mencionan en forma enunciativa pero no limitativa, el diseño , la creación, producción y promoción de campañas publicitarias a realizarse a través de medios como la prensa, la radio, la televisión cinematógrafos salones de exhibición , anuncios y tableros de toda clase, material impreso y películas, diseños de empaques de sistemas de identificación corporativa, así como la propaganda, producción y realización de documentos con propósitos publicitarios o de comunicación, y la investigación y explotación de mercados, hábitos y costumbres para el desarrollo conceptual o publicitario de productos nuevos o ya existentes, y la enajenación de ideas artísticas relacionadas con los objetos sociales, sin que por eso se entienda el prestar directamente los servicios de radiodifusión, y otros de radio y televisión, distintos de televisión por cable. Doce) Prestar servicios técnicos para la introducción de productos o mercancías nacionales o extranjeras en mercados nacionales o extranjeros. Trece) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación, explotación y realización de toda clase de actividades relacionadas con las artes gráficas, publicitarias, trabajos de fotografía, diseño, arquitectura, decoración, proyectos e impresión de toda clase de materiales. Cartoce) llevar a cabo la fabricación, ensamble, compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes muebles, incluyendo discos, cassettes, cintas, videos, plataformas web, páginas web aplicaciones de celulares y toda clase de material gráfico y de comunicación. Quince) La compra, venta, distribución, comercialización, de equipo de audio, video, fotografía, diseño, dibujo, impresión, computación y de todo aquel relacionado con el objeto de la sociedad, y en general la adquisición, posesión, importación, exportación, arrendamiento y disposición, bajo cualquier título permitido por la Ley de toda clase de bienes muebles necesarios para el desarrollo de los objetos sociales. Dieciséis) Organización y Producción de eventos. Diecisiete) La distribución y comercialización, la adquisición o arriendo, instalación y explotación a cualquier título de establecimientos de tipo centro de eventos, parques recreativos, parques de esparcimiento y deportivos bares, fuentes de soda, pub, discotheques y cabarets, como cualquier otro expendio de bebidas alcohólicas al por menor o al detalle incluido la venta de productos alimenticios, bebestibles, gellaterías y similares. Dieciocho) La organización, producción, comercialización y participación en espectáculos y actividades de entretención y esparcimiento de carácter publicitarias y recreacional, y en otras relacionadas o derivadas de éstas, así como en actividades educacionales. Diecinueve) La realización de inversiones de toda clase, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su administración y percepción de frutos o rentas. Veinte) El desarrollo de todo tipo de actividades comerciales relacionadas con la Compra, Venta; Comercialización, distribución, importación, exportación de productos al por mayor y menor de productos para el hogar, textiles, artículos plásticos y sus derivados; artículos de jugueterías y sus derivados, artículos de librería y de escritorios y sus derivados; menaje en general; productos electrónicos y de línea, blanca; ropa de cama; muebles e instalación del hogar, productos de decoración, productos de aseo o limpieza de hogares e industriales, conjuntamente con la explotación de establecimientos comerciales relacionados con los mismos sea por cuenta propia o terceros. Veintiuno) Toda otra actividad relacionada, directa o indirectamente, con este giro y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo para el cumplimiento del objeto social participar en licitaciones públicas y/o privadas, asociarse con terceros, sean personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras y/o formar sociedades de cualquier naturaleza. La sociedad podrá también realizar todas aquellas actividades complementarias al giro antes definido.- Inscripción y Vigencia de los acuerdos – El presidente expone que de la modificación deberá tomarse nota al margen en la escritura pública de constitución social de fecha 27 de abril del año 2020, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo Del Campo Vial anotada en su repertorio bajo el N° 1263/2020 e inscripciones de Fojas 538 vuelta Número 256 del Registro de comercio del año 2020, del Conservador de bienes Raíces de Curicó. Que desde dicho acto tendrá validez la modificación del objeto social Acuerdo: Se acuerda, Por unanimidad se acuerda que de la modificación deberá tomarse nota al margen en la escritura pública de constitución social de fecha 27 de abril del año 2020, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo Del Campo Vial anotada en su repertorio bajo el N° 1263/2020 e inscripción de Fojas 538 vuelta Número 256 del Registro de comercio del año 2020, del Conservador de bienes Raíces de Curicó. Que desde dicho acto tendrá validez la modificación del objeto social.– 3)Acuerdo sobre reducción de Acta a Escritura Pública.- El directorio propone que se faculte al gerente don Renato Rojas Gutiérrez, cédula nacional de identidad N° 15.631.821-3 para que reduzca íntegramente a escritura pública la presente Acta y se faculta al portador de copia autorizada de la presente acta reducida a escritura pública para requerir todas aquellas inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan para la debida legalización del presenta mandato como también para que en cualquier tiempo pueda éste concurrir con su sola firma a suscribir y otorgar, en su nombre y representación, las minutas, escrituras públicas o privadas, con el fin de sanear, aclarar, complementar o rectificar este instrumento tanto en sus cláusulas esenciales, naturales o meramente accidentales, y con el único fin u objeto de solucionar íntegramente cualquier eventual reparo u objeción que pueda formular el señor Notario o el señor Conservador de Comercio competente, en relación al tenor de esta escritura, a las anotaciones, inscripciones o subinscripciones que se soliciten en mérito de la misma, o para solucionar diferencias entre los socios, dar acabado cumplimiento y vigor a la voluntad de las partes y para la bondad de los títulos de la sociedad, no siendo necesario para todo ello que el mandatario acredite el consentimiento de los socios- Acuerdo: Se acuerda, por la unanimidad de los accionistas que: Se faculta a don Renato Rojas Gutiérrez, cédula nacional de identidad N° 15.631.821-3 para que reduzca íntegramente a escritura pública la presente Acta y se faculta al portador de copia autorizada de la presente acta reducida a escritura pública para requerir todas aquellas inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan para la debida legalización del presenta mandato – 4) Inscripciones En Registro De Comercio. El presidente expone que es necesario facultar irrevocablemente al portador de copia autorizada de este instrumento, y sin que estas facultades caduquen por muerte o inhabilidad sobreviniente de quienes las confieren, para proceder a requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que tengan lugar en virtud de este contrato, especialmente en las en la escritura pública de constitución social de fecha 27 de abril del año 2020, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo Del Campo Vial anotada en su repertorio bajo el N°1263/2020 e inscripción de Fojas 538 vuelta Número 256 del Registro de comercio del año 2020.- Acuerdo: Se acuerda, por la unanimidad de los accionistas que: Se faculta en los términos expuesto.- Cesión de Acciones. Por el presente instrumento, don NICOLÁS JESÚS RIVERA CORDERO, vende, cede y transfiere a doña TERESA DE JESÚS CORDERO VERGARA, quien recibe y acepta para sí, la totalidad de sus acciones, equivalentes a 20 (veinte) acciones de la sociedad “BLACK SHEEP SpA”. El precio de la cesión de acciones es la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.-) que la cesionaria, doña TERESA DE JESÚS CORDERO VERGARA, paga en este acto y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de acciones de que da cuenta este contrato y del hecho de que estas constituyen el total de las acciones en que está constituido el capital social, queda como único accionista de la sociedad “BLACK SHEEP SpA” doña TERESA DE JESÚS CORDERO VERGARA, dueña de 20 (VEINTE) acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. Además, señala en su cláusula Décimo Cuarto que: Se sustituye y modifica el ARTÍCULO OCTAVO, CUADRAGÉSIMO OCTAVO y ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO por los siguientes: I) OCTAVO: La administración, representación legal y uso del nombre social corresponderá a un Gerente General, quien podrá o no ser accionista responderá sólo de culpa leve en el manejo de los negocios sociales. Cuando la cantidad de accionistas sea de seis o más, se elegirá un Directorio regido por lo previsto en estos Estatutos. El Gerente General será designado por el Directorio en votación de mayoría absoluta o por el único accionista, en el caso que una sola persona dente el total de las acciones. El gerente durará en su cargo un año contado desde su designación pudiendo ser reelecto indefinidamente. II) ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Mientras no se incorporen más accionistas y aún con dichas incorporaciones, antes de la instauración de los órganos colegiados, TERESA DE JESÚS CORDERO VERGARA, en su calidad de única accionista designa a don NICOLÁS JESÚS RIVERA CORDERO, chileno, cédula nacional de identidad número 18.253.644-K, soltero, Ingeniero Comercial, domiciliado en Fundo Las Pitras S/N Rauco; como Gerente General, de modo que en este acto se inviste de tal calidad, quien ejercerá plenamente todas las facultades y funciones administrativas asignadas en el presente estatuto y ejercerá además toda atribución y prerrogativa que corresponda a los órganos colegiados de la sociedad como el Directorio y las Juntas de Accionistas”.- Demás estipulaciones escritura extractada Repertorio Nº940/2021.- Curicó, 25 de Mayo de 2021.