CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Loop SpA

CVE 1950405
Fecha instrumento
20 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de enero de 2021
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de Trigésima Tercera Notaría de Santiago, ubicada en Huérfanos 979, of.501, Santiago, certifico que por escritura pública hoy ante mí, Asesorías e Inversiones Lejaim SpA, Inversiones y Asesorías Doña Elena Limitada, ambos debidamente representados, y Pablo Pizarro Berdichevsky, en su calidad de únicos y actuales accionistas de INVERSIONES LOOP SpA acordaron sanear en conformidad a la Ley 19.499 la escritura de constitución social otorgada por escritura pública con fecha 20 de enero de 2021, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, Oficina 501, Santiago, cuyo extracto se encuentra inscrito a fs. 9.590, N°4.320, Registro Comercio Santiago, año 2021 y publicado en el error involuntario, se señaló en la escritura antes referida y en su extracto, que el capital de la sociedad era la suma de ochenta y tres millones de pesos dividido en cien mil acciones, nominativas, sin valor nominal, distribuido en noventa y nueve mil acciones ordinarias Serie A y mil acciones preferentes Serie B. Luego se indicó que la preferencia de la serie A, es que indistintamente del porcentaje que representen de la cantidad de acciones ellas tendrán derecho a nominar, como mínimo a dos directores de la sociedad. Sin embargo, la preferencia es de la serie B, no de la seria A como se indicó por error. Como consecuencia se acordó sanear la escritura pública antes señalada y el respectivo extracto, adecuando y reemplazando en éste el punto relativo al capital por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de ochenta y tres millones de pesos dividido en cien mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal distribuido en noventa y nueve mil acciones ordinaria Serie A y mil acciones preferentes Serie B. La preferencia de la serie B, es que indistintamente del porcentaje que representen de la cantidad de acciones ellas tendrán derecho a nominar, como mínimo a dos directores de la sociedad. Esta preferencia se mantendrá vigente hasta la vigencia de la sociedad”. En todo lo no modificado se mantienen inalterados los extractos y escrituras saneadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de mayo de 2021.