MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRAL DE VIGILANCIA LIMITADA

RUT 78188340-9 CVE 1950648
Capital
$1.711.400 CLP
Fecha instrumento
5 de mayo de 2021
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2021
Notario
GONZALO OÑATE MIRANDA
Oficio
Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$1.711.400 CLP
Domicilio
Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de La Serena

Administración

Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, en forma exclusiva quien anteponiendo a su firma la razón social, actuará con todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales, y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con amplias facultades;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de La Serena, calle Cordovez 588, Of. 108, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha de 05 de mayo de 2021, otorgada ante el Notario Interino don Jesús Osses Reveco; GERARDO JIMENEZ COTTET, C.I. 5.575.515-9 y OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, C.I. 9.624.211-5, ambos domicilio estos efectos Balmaceda nro. 107, La Serena, otorgaron SANEAMIENTO, MODIFICACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "CENTRAL DE VIGILANCIA LIMITADA”, nombre fantasía “VIGIL LTDA. ", R.U.T. ° 78.188.340-9, capital inicial $ 2.000.000.-, extracto constitutivo año 1991, Ref. Com. C. Bs. Raíces La Serena Fs. 305, Nº 263, siguientes estipulaciones: SANEAMIENTO: Sanean escritura Cesión Derechos y Modificación de 29 Enero 2014, otorgada notario Gustavo Montero Marti, suplente Titular José Musalem Saffie, inscrito a fojas 408, número 176, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 2014, y fue publicado en el Diario Oficial respectivo, en sentido de establecer que capital social es $ 1.711.400.- y no $ 2.000.000.- por lo que habiéndose cedido por DINA COTTET CIFUENTES (Q.E.P.D.), a doña OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, el total derechos sociales de la primera, quedan como únicos y actuales socios sobre un capital de $ 1.711.400.- GERARDO JIMÉNEZ COTTET con un 98% total derechos sociales equivalentes a $ 1.677.172.- y OLGA VERÓNICA RIVERA ZEPEDA, con un 2% total derechos sociales equivalentes a $ 34.228.-, todos pagados de contado. Y saneamiento se efectúa por medio de la publicación e inscripción de un extracto de la presente escritura, dentro del plazo legal, para subsanar los vicios y errores detectados. MODIFICACIÓN.- GERARDO JIMÉNEZ COTTET y OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, únicos y actuales socios sociedad “CENTRAL DE VIGILANCIA LIMITADA”, modifican objeto social que queda como sigue: “El objeto de la Sociedad será: la prestación de servicios en materias inherentes a Seguridad Privada; el servicio de vigilancia privada mediante una central electrónica de monitoreo a través de conexión radial y/o telefónica; sistemas electrónicos de seguridad en casas, locales comerciales, Bancos, industrias, radiocomunicaciones y en general toda otra actividad relacionada con lo anterior u otras que los socios acuerden; la fabricación, importación, comercialización, distribución e instalación de dispositivos de seguridad en general y de equipos eléctricos, electrónicos y de radiocomunicaciones, de sus partes, piezas, repuestos y accesorios; otorgar servicios de seguridad electrónica y de radiocomunicaciones en el área de recursos tecnológicos, de cualquier clase y naturaleza, incluyendo todo tipo de tecnología y recursos tecnológicos; prestar servicios de monitoreo de alarmas, por cuenta propia o de terceros; otorgar servicios de recursos humanos destinados a la vigilancia privada, incluyendo la capacitación, desarrollo de cursos y preparación del personal que cumpla dichos servicios; llevar a efecto la representación de empresas nacionales o extranjera que fabriquen o comercialicen tales bienes o que presten tales servicios; invertir, prestar servicios, adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, comprándolos, vendiéndolos, dándolos en leasing o arriendo, tales como vehículos y automóviles de toda clase y naturaleza, acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o valores; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, y los demás negocios directa o indirectamente relacionados con ellos, que acuerden los socios y toda otra actividad comercial y de servicios afín o que los socios mutuamente acuerden.” TRANSFORMACIÓN.- GERARDO JIMÉNEZ COTTET y OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, únicos y actuales socios de la sociedad “CENTRAL DE VIGILANCIA LIMITADA”, transforman Sociedad en Sociedad por Acciones, siguientes estipulaciones: Razón Social: “CENTRAL DE VIGILANCIA SpA”, pudiendo actuar ante terceros, incluso Bancos, Financieras y S.I.I. con nombre fantasía “VIGIL SpA”; Objeto de la Sociedad: la prestación de servicios en materias inherentes a Seguridad Privada; el servicio de vigilancia privada mediante una central electrónica de monitoreo a través de conexión radial y/o telefónica; sistemas electrónicos de seguridad en casas, locales comerciales, Bancos, industrias, radiocomunicaciones y en general toda otra actividad relacionada con lo anterior u otras que los socios acuerden; la fabricación, importación, comercialización, distribución e instalación de dispositivos de seguridad en general y de equipos eléctricos, electrónicos y de radiocomunicaciones, de sus partes, piezas, repuestos y accesorios; otorgar servicios de seguridad electrónica y de radiocomunicaciones en el área de recursos tecnológicos, de cualquier clase y naturaleza, incluyendo todo tipo de tecnología y recursos tecnológicos; prestar servicios de monitoreo de alarmas, por cuenta propia o de terceros; otorgar servicios de recursos humanos destinados a la vigilancia privada, incluyendo la capacitación, desarrollo de cursos y preparación del personal que cumpla dichos servicios; llevar a efecto la representación de empresas nacionales o extranjera que fabriquen o comercialicen tales bienes o que presten tales servicios; invertir, prestar servicios, adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, comprándolos, vendiéndolos, dándolos en leasing o arriendo, tales como vehículos y automóviles de toda clase y naturaleza, acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o valores; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, y los demás negocios directa o indirectamente relacionados con ellos, que acuerden los socios y toda otra actividad comercial y de servicios afín o que los socios mutuamente acuerden. Capital Social: de $ 1.711.400.-, dividido en 1.711.400 de acciones nominativas, misma serie, sin valor nominal, se suscribe y paga siguiente forma: A.- OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, suscribe y paga $ 34.228.-, equivalentes a 34.228 acciones de la Sociedad; y B.- GERARDO JIMÉNEZ COTTET, suscribe y paga $ 1.677.172.- equivalentes a 1.677.172 acciones de la Sociedad. Todo, en este acto, y los pagos de las acciones al contado; Duración de la Sociedad: Indefinida a contar fecha escritura que se extracta; Administración: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a OLGA VERONICA RIVERA ZEPEDA, en forma exclusiva quien anteponiendo a su firma la razón social, actuará con todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales, y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con amplias facultades; Domicilio social: Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de La Serena. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 12 de mayo de 2021.