SOCIEDAD CONSULTORA E INMOBILIARIA SCAPARVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2021
- Repertorio
- 5626
- Notario
- HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 3.918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas N° 854. Certifico: Por escritura de fecha 16 de Abril de 2021, ante el Notario Suplente Álvaro Zambrano Alarcón, Doña MARIA ADOLFINA DEL CARMEN VILLARROEL BUSTAMANTE, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número 13.729.786-8, con domicilio en calle Aragón Nº 125 Departamento 704 Torre B de la ciudad y comuna de Temuco, en representación- como se acreditará- de: RODRIGO ANTONIO VARGAS TRAUB, chileno, soltero, arquitecto, cédula de identidad número 10.675.637-6; don JAIME EDUARDO CHAPERON FONSECA, chileno, soltero ingeniero civil, cédula de identidad número 14.223.854-3; y don JUAN PABLO PARDO VERDUGO, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad número 10.788.610-9, todos domiciliados en calle San Francisco número 0983, de la comuna de Temuco; viene en suscribir a nombre de los contratantes escritura de saneamiento, según los siguientes antecedentes: PRIMERO. Antecedentes: A) Con fecha 24 de junio del año 2019, ante Notario Público de Temuco, don HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, se celebró escritura pública anotada en el repertorio número 4.228, mediante la cual RODRIGO ANTONIO VARGAS TRAUB, JAIME EDUARDO CHAPERON FONSECA y JUAN PABLO PARDO VERDUGO, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a las estipulaciones contenidas en la ley 3.918, de fecha 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, denominada SOCIEDAD CONSULTORA E INMOBILIARIA SCAPARVA LIMITADA, con un capital social de cincuenta y ocho millones de pesos, en todo lo que no hubieran estipulado en dicho contrato, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número 42.401 de fecha 11 de julio del mismo año 2019. Inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Temuco a fojas 1.316 F número 747 del año 2019.- B) Se rectificó por escritura pública de fecha 26 de agosto del año 2019, suscrita ante notario público don HÉCTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE número de repertorio 5.626, la escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada individualizada en la letra A, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número 42.450 de fecha 09 de septiembre del mismo año 2019. Inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Temuco a fojas 1319 F número 748 del año 2019.- C) Se saneo por escritura pública de fecha 02 de octubre del año 2019, suscrita ante don Javier González Castro Notario Público Suplente del Titular don Héctor Basualto Bustamante, número de Repertorio 6.562, la escritura de constitución por falta de inscripción en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes raíces de la comuna de Temuco, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número 42.471 de fecha 07 de octubre del año 2019. Inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Temuco a fojas 1.320 V número 749 del año 2019. SEGUNDO. Personería: En la cláusula décimo cuarta de la escritura pública ya señalada, todos los comparecientes confirieron mandato especial a quien suscribe, a fin de aclarar, rectificar, sanear, corregir o complementar la escritura social. - TERCERO. Rectificación y Corrección: Por este instrumento se viene a rectificar y corregir: UNO: La escritura de rectificación y su extracto singularizado en la letra B) de esta escritura y DOS: La escritura de saneamiento y su extracto singularizado en la letra C) de esta escritura; en cuanto, en ambas escrituras como asimismo en ambos extractos se incurrieron en un error involuntario al señalar la palabra “COSULTORA” debiendo decir “CONSULTORA”. En todo lo restante, queda la Sociedad constituida en los mismos términos descritos en la Escritura de constitución. - CUARTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura pública y de su extracto, para que requiera las anotaciones, inscripciones y subinscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, Registro de Comercio y demás que procedan y realice todos los trámites y diligencias necesarias y que fueren pertinentes para la legalización de la empresa. Otras estipulaciones escritura extractada. Temuco, 18 de Mayo de 2021.