MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL GODOY HG LIMITADA

RUT 76329451-K CVE 1949276
Fecha instrumento
15 de octubre de 2013

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2013
Notario
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
Domicilio
esta Comuna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público esta Comuna, oficio 21 de Mayo 252, certifico: Por escritura, hoy ante mí, SERGIO HERNANDO GODOY GUERRA, calle Los Mirlos Nº1570 de Arica, C.I. Nº 10.410.599-8; MARIA CECILIA GODOY GUERRA, calle Miguel Ahumada Nº 576 de Arica, C.I. Nº 10.174.812-K; y DANIELA ALEJANDRA GODOY ARAYA, calle Los Mirlos Nº 1570 de Arica, C.I. Nº 18.599.505-4; MODIFICAN “SOCIEDAD COMERCIAL GODOY HG LIMITADA, Rut Nº 76.329.451-K, siguiente sentido: Don SERGIO HERNANDO GODOY GUERRA y doña MARIA CECILIA GODOY GUERRA son únicos socios de “SOCIEDAD COMERCIAL GODOY HG LIMITADA”, en la proporción de un 70% y un 30%,respectivamente, constituida mediante Escritura Pública de fecha 15 de octubre del año 2013 ante Notario Público de Arica don Víctor Warner Sarria, inscrita fojas 1451 número 531 Registro Comercio Arica fecha 17 de octubre del 2013 y publicada Diario Oficial 18 de octubre mismo año. Modificada por escritura pública de fecha 21 de julio de 2016 ante Notario Público de Arica don Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, inscrita fojas 598 Nº 254 Registro Comercio Arica año 2016, publicada escritura pública de constitución relativas al objeto y la razón social.- MODIFICACION CONSISTE: Don SERGIO HERNANDO GODOY GUERRA, se retira de sociedad y vende, cede y transfiere su interés social, consistente en un 70% del patrimonio de la Sociedad a doña DANIELA ALEJANDRA GODOY ARAYA, quien compra y adquiere para si dichos derecho. El precio de esta cesión es la suma de $7.000.000.-, recibido por Sergio Hernando Godoy Guerra en el acto, dinero efectivo a su entera satisfacción. En consecuencia, quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL GODOY HG LIMITADA”, desde fecha escritura modificada, doña MARIA CECILIA GODOY GUERRA con un 30% y doña DANIELA ALEJANDRA GODOY ARAYA con un 70%, de los derechos sociales.- Conforme acordado presente instrumento, los socios acuerdan modificar cláusula 4ª escritura pública de constitución de sociedad en el sentido de que la Administración y Uso de la Razón Social corresponderá a doña DANIELA ALEJANDRA GODOY ARAYA, con todas las facultades señaladas en la cláusula 4ª escritura pública de constitución individualizada en cláusula 1ª de escritura modificada, las que dan por expresamente reproducidas. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social y su modificación posterior.- Los comparecientes conforme al mérito de las cláusulas anteriores de este instrumento, se otorgan recíprocamente el más amplio y completo finiquito, declarando que no tienen entre ellos cargos ni reclamos que formularse.- Se elimina en lo sucesivo del pacto social toda referencia que en él pueda existir al socio que se retira don Sergio Hernando Godoy Guerra.- Para efectos legales y tributarios, socios que permanecen en sociedad modificada se hacen responsables de todas y cada una de las obligaciones que en ella pudieran tener el socio que se retira por este acto, liberándolo de toda responsabilidad en ella.- Otras estipulaciones escritura extractada. Arica, 12 de mayo de 2021.