RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de mayo de 2021
- Repertorio
- 15187-2021
- Notario
- GINO BENEVENTI ALFARO
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO BENEVENTI ALFARO, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, 7 piso, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de 11 de Mayo de 2021, ante mí, Repertorio N° 15.187-2.021; don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN, estudiante, domiciliado en calle Reush 406, Temuco, de paso en ésta, C.I. N° 18.873.647-5; la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.395.882-5, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, químico, C.I. N° 5.897.523-0, ambos domiciliados en José Luís Araneda 253, oficina 201, Ñuñoa, Santiago; don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, contador auditor, C.I. N° 10.774.921-7, en representación de don RENE PATRICIO PINTO HERRERA, independiente, C.I. N° 15.256.330-2, ambos domiciliados en calle Botrolhue sin número, comuna de Temuco, de paso en ésta, SANEAN Y COMPLEMENTAN la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA”, hoy “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA SpA” o “RECICLAJES PATAGONIA SpA”, RUT N° 76.126.643-8, inscrita a fojas 1456, N° 1384, registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año 2010, vienen en señalar que por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2020, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Cosme Gomila Gatica, repertorio 10.481-2020, con oficio en Paseo Ahumada 341, cuarto piso, Comuna de Santiago; don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN, domiciliado en calle Reush 406, Temuco; la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, ambos domiciliados en José Luís Araneda 253, oficina 201, Ñuñoa, Santiago, vendieron, cedieron y transfirieron a don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, quien compró, aceptó y adquirió para su representado don RENE PATRICIO PINTO HERRERA, ambos domiciliados en calle Botrolhue sin número, comuna de Temuco, el 100% de sus derechos sociales de la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA”, y además se transformó la sociedad a “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA SpA”, pudiendo también actuar ante terceros en todo tipo de actos y contratos indistintamente con el siguiente nombre: “RECICLAJES PATAGONIA SpA”. Publicado su extracto en el Diario Oficial en su edición 42.826 de fecha 10 de diciembre de 2020. Siendo su capital la suma de $10.000.000. Además exponen que no habiéndose inscrito oportunamente el extracto de la sociedad, de conformidad al artículo 354 del Código de Comercio, viene en sanear según la Ley 19.499, el vicio antes aludido, debiéndose inscribir y publicar el extracto de la presente escritura de saneamiento. Vienen en complementar la cláusula primera de la anterior escritura en el sentido que donde dice “Los comparecientes don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN; y la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, son los actuales y únicos socios de la sociedad cuya razón social es “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.” Debe decir “Los comparecientes don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN; y la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, son los actuales y únicos socios de la sociedad cuya razón social es “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.” Asimismo, viene en complementar la cláusula segunda de la anterior escritura en el sentido que donde dice: “Por el presente instrumento don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN, vende, cede y transfiere la totalidad de su interés social, que corresponde al 50% de la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.”, a don RENE PATRICIO PINTO HERRERA, representado por don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, ya individualizados. El precio de esta cesión es la suma de $500.000., que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, que la cedente acepta y que éste declara recibir a su entera satisfacción; Asimismo la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, vende, cede y transfiere la totalidad de su interés social, que corresponde al 50% de la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.”, a don RENE PATRICIO PINTO HERRERA, representado por don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, ya individualizados. El precio de esta cesión es la suma de $500.000., que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, que la cedente acepta y que éste declara recibir a su entera satisfacción”, debe decir “Por el presente instrumento don NICOLAS ALEJANDRO BORQUEZ CALFULLAN, vende, cede y transfiere la totalidad de su interés social, que corresponde al 50% de la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.”, a don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, quien compra, acepta y adquiere para su representado don RENE PATRICIO PINTO HERRERA. El precio de esta cesión es la suma de $500.000., que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, que la cedente acepta y que éste declara recibir a su entera satisfacción; Asimismo la sociedad COMERCIALIZADORA E INVERSIONES ADELANTA LIMITADA, hoy KATIVO LIMITADA, representada por don SEBASTIAN PIO GILBERT CEBALLOS, vende, cede y transfiere la totalidad de su interés social, que corresponde al 50% de la sociedad “RECICLAJES DE PLASTICOS PATAGONIA LIMITADA” o “RECICLAJES PATAGONIA LTDA.”, a don JAVIER ALEJANDRO CATALAN BRUN, quien compra, acepta y adquiere para su representado don RENE PATRICIO PINTO HERRERA. El precio de esta cesión es la suma de $500.000., que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, que la cedente acepta y que éste declara recibir a su entera satisfacción. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de Mayo de 2021.