CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES JARDÍN ENCANTADO SpA

RUT 77061331-0 CVE 1949848
Capital
$27.500.000 CLP
Fecha instrumento
13 de mayo de 2021

Instrumento

Fecha
13 de mayo de 2021
Notario
FRANCISCO RICARDO BRAIN BRAIN
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$27.500.000 CLP

Objeto social

. La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: (a) El desarrollo y ejecución por cuenta propia y ajena de toda clase de eventos y actividades recreativas, ya sean infantiles, artísticos, corporativos, publicitarios, entre otros, así como también toda actividad que tenga relación con la producción de dichos eventos; (b) La realización de asesorías, consultorías, capacitaciones y talleres en cualquiera de las materias y rubros indicados precedentemente; (c) La compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de productos gastronómicos, productos recreativos, juguetes, artículos de librería, prendas de vestir y artículos de maternidad; (d) La fabricación, procesamiento, comercialización, importación, exportación y venta al por mayor y menor de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, como así también todo tipo de productos líquidos; (e) La realización de todo tipo de Inversiones. La sociedad podrá efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, así como administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y percibir sus frutos cualquiera sea su clase, especie o naturaleza; (f) La participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; (g) La representación de otras marcas y empresas para la explotación del objeto social; (h) En general, se entienden comprendidos dentro del objeto, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución y los demás que los socios acuerden desarrollar

Administración

Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por doña Constanza Andrea Flavia Bellolio Jalón, ya individualizada precedentemente, y por don Ricardo Andrés Bordalí Guillard, chileno, ingeniero comercial, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad número trece millones novecientos setenta y un mil seiscientos setenta y tres guion seis, quienes actuando conjunta o individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, teniendo como única restricción a su actuación individual, la celebración de actos o contratos que involucren montos iguales o superiores a la suma de dos millones quinientos mil pesos chilenos, en cuyo caso se requerirá la actuación conjunta de ambos administradores. Los administradores no tendrán derecho a remuneración en el ejercicio de sus cargos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO RICARDO BRAIN BRAIN, Notario Público Suplente de Viña del Mar, con domicilio en calle Arlegui 333, local 111, Certifica: Que por escritura de fecha 13 de Mayo de 2021, ante Notario Público Titular don FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, doña Constanza Andrea Flavia Bellolio Jalón, domiciliada en Avenida Costa de Montemar N° 460, departamento 116, comuna de Concón, Región de Valparaíso, en su calidad de representante legal de Actividades de Esparcimiento Constanza Bellolio Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 34 número 17 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concón correspondiente al año 2021, acordó transformar la empresa individual de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, la que será continuadora legal de su antecesora y de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “INVERSIONES JARDÍN ENCANTADO SpA”.- Accionistas: Constanza Andrea Flavia Bellolio Jalón.- Objeto: . La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, a las siguientes actividades: (a) El desarrollo y ejecución por cuenta propia y ajena de toda clase de eventos y actividades recreativas, ya sean infantiles, artísticos, corporativos, publicitarios, entre otros, así como también toda actividad que tenga relación con la producción de dichos eventos; (b) La realización de asesorías, consultorías, capacitaciones y talleres en cualquiera de las materias y rubros indicados precedentemente; (c) La compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución de todo tipo de productos gastronómicos, productos recreativos, juguetes, artículos de librería, prendas de vestir y artículos de maternidad; (d) La fabricación, procesamiento, comercialización, importación, exportación y venta al por mayor y menor de otros productos del rubro alimenticio y abarrotes, como así también todo tipo de productos líquidos; (e) La realización de todo tipo de Inversiones. La sociedad podrá efectuar inversiones en toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces o muebles, valores mobiliarios y efectos de comercio, así como administrarlos, arrendarlos, subarrendarlos, enajenarlos a cualquier título, explotarlos y percibir sus frutos cualquiera sea su clase, especie o naturaleza; (f) La participación en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; (g) La representación de otras marcas y empresas para la explotación del objeto social; (h) En general, se entienden comprendidos dentro del objeto, la celebración de contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución y los demás que los socios acuerden desarrollar.- Capital: $27.500.000, dividido en 27.500 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, es suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Constanza Andrea Flavia Bellolio Jalón ha suscrito y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de veintidós mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a veintidós millones de pesos; y (b) cinco mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a cinco millones quinientos mil pesos, quedan pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de transformación.-Administración: Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la junta de accionistas, la Sociedad será administrada por doña Constanza Andrea Flavia Bellolio Jalón, ya individualizada precedentemente, y por don Ricardo Andrés Bordalí Guillard, chileno, ingeniero comercial, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula de identidad número trece millones novecientos setenta y un mil seiscientos setenta y tres guion seis, quienes actuando conjunta o individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo décimo quinto de los estatutos sociales, teniendo como única restricción a su actuación individual, la celebración de actos o contratos que involucren montos iguales o superiores a la suma de dos millones quinientos mil pesos chilenos, en cuyo caso se requerirá la actuación conjunta de ambos administradores. Los administradores no tendrán derecho a remuneración en el ejercicio de sus cargos.- Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 24 de Mayo de 2021.