EXXO MUSIC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, comuna de La Florida
- Duración
- dos años contados fecha escritura extractada, renovable períodos sucesivos dos años
Objeto social
El objeto de la empresa será, sin que la presente enumeración sea taxativa, la realización, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas de cualquier clase, públicas, privadas o mixtas, de las siguientes actividades: a) La producción y prestación de servicios audio visuales y musicales; b) La Importación, exportación, fabricación, compraventa, arriendo, distribución y comercialización de instrumentos y equipos musicales y computacionales, como también, su mantención, reparación, armado, instalación y la capacitación en el uso de las mismas; c) La Importación, exportación, fabricación, compraventa, arriendo, distribución y comercialización de insumos, accesorios y repuestos de equipos musicales y computacionales; d) producción de eventos musicales y otras actividades de entretenimiento relacionadas con la actividad principal; e) Cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro social que los socios de común acuerdo determinen Uso razón social y
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RICHARD WLADIMIR DIAZ VILLANUEVA | socio | 18297227-4 | — | — | |
| LUCIANO ANDRE MOLINA CARRASCO | socio | 18929200-7 | — | — | |
| JUAN PABLO CORREA DIAZ | socio | 17490238-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario titular 26° Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo N°3196, certifica: por escritura pública, de fecha 05 de Mayo de 2021, ante mí, RICHARD WLADIMIR DIAZ VILLANUEVA, RUT: 18.297.227-4 domiciliado en calle José Miguel Carrera N°130, comuna de La Florida; LUCIANO ANDRE MOLINA CARRASCO, RUT: 18.929.200-7 domiciliada en calle José Miguel Carrera, N°130, comuna de La Florida; JUAN PABLO CORREA DIAZ, RUT: 17.490.238-0 domiciliado en calle José Miguel Carrera, N°130, comuna de La Florida; constituyeron una sociedad responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “EXXO MUSIC LIMITADA” Nombre Fantasía: “EXXO LTDA.” Objeto: El objeto de la empresa será, sin que la presente enumeración sea taxativa, la realización, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas de cualquier clase, públicas, privadas o mixtas, de las siguientes actividades: a) La producción y prestación de servicios audio visuales y musicales; b) La Importación, exportación, fabricación, compraventa, arriendo, distribución y comercialización de instrumentos y equipos musicales y computacionales, como también, su mantención, reparación, armado, instalación y la capacitación en el uso de las mismas; c) La Importación, exportación, fabricación, compraventa, arriendo, distribución y comercialización de insumos, accesorios y repuestos de equipos musicales y computacionales; d) producción de eventos musicales y otras actividades de entretenimiento relacionadas con la actividad principal; e) Cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro social que los socios de común acuerdo determinen Uso razón social y representación: corresponderá a don JUAN PABLO CORREA DIAZ. Capital: $1.500.000.-, que entera y aporta siguiente manera: don RICHARD WLADIMIR DIAZ VILLANUEVA aporta la suma de $501.000.- pesos que paga en este acto, al contado en dinero efectivo y que se entera en la caja social; y don LUCIANO ANDRE MOLINA CARRASCO aporta la suma de $499.500.- de pesos que paga en este acto, al contado en dinero efectivo y que se entera en la caja social; JUAN PABLO CORREA DIAZ aporta la suma de $499.500.- pesos que paga en este acto, al contado en dinero efectivo y que se entera en la caja social; Vigencia: dos años contados fecha escritura extractada, renovable períodos sucesivos dos años. Domicilio: Ciudad de Santiago, comuna de La Florida, sin perjuicio sucursales puedan instalarse dentro o fuera país.- Los socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 07 de Mayo de 2021. Humberto Quezada Moreno, Notario Público.