CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CERIANI Y BUSTAMANTE LIMITADA

CVE 1949357
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2021

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Valparaíso. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos
Duración
5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno

Objeto social

Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, muy especialmente en la especialidad de la medicina interna, incluyendo entre estas, las prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la Ingeniería, especialmente en el ámbito de las telecomunicaciones; La compra, venta, explotación, importación, exportación, leasing, agenciamiento, representación, intermediación, consignación, arrendamiento, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles e inmuebles; Invertir en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles; acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales, civiles o mineras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, así como encargarse de su administración; Constituir, organizar, administrar, formar parte de toda clase de sociedades comerciales, civiles o mineras y adquirir derechos en ellas, sean anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones o en cualquier otra; Adquirir, enajenar, dar y tomar en arriendo, leasing, permutar, subdividir y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Participar en todo tipo de negocios inmobiliarios, incluida la organización, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de construcción, habitacionales, industriales o comerciales, para renta o venta a terceros, pudiendo al efecto asociarse, en cualquier forma, con otras personas; Participar en todo tipo de proyectos o de licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica; y, Toda otra que acordaren los socios de común acuerdo, estén o no relacionadas con el giro principal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO BRAIN BRAIN, Notario Viña del Mar, Arlegui número 333, local 111, esta ciudad, suplente del titular FRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ, certifica, por escritura pública de fecha 20 de mayo de 2021, ante Notario titular, don ALEJANDRO ANDRES CERIANI BRAVO y YOCELYN YESENIA BUSTAMANTE ESTAY, ambos domiciliados en avenida lomas de la luz 3995, Curauma, Valparaíso; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. OBJETO: Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, muy especialmente en la especialidad de la medicina interna, incluyendo entre estas, las prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la Ingeniería, especialmente en el ámbito de las telecomunicaciones; La compra, venta, explotación, importación, exportación, leasing, agenciamiento, representación, intermediación, consignación, arrendamiento, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles e inmuebles; Invertir en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles; acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales, civiles o mineras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, así como encargarse de su administración; Constituir, organizar, administrar, formar parte de toda clase de sociedades comerciales, civiles o mineras y adquirir derechos en ellas, sean anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones o en cualquier otra; Adquirir, enajenar, dar y tomar en arriendo, leasing, permutar, subdividir y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Participar en todo tipo de negocios inmobiliarios, incluida la organización, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de construcción, habitacionales, industriales o comerciales, para renta o venta a terceros, pudiendo al efecto asociarse, en cualquier forma, con otras personas; Participar en todo tipo de proyectos o de licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica; y, Toda otra que acordaren los socios de común acuerdo, estén o no relacionadas con el giro principal.- RAZÓN SOCIAL:“CERIANI Y BUSTAMANTE LIMITADA”, nombre fantasía: “CB LIMITADA”. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Exclusivamente a Alejandro Andrés Ceriani Bravo. CAPITAL: $1.000.000, socios aportan, enteran y pagan, siguiente manera: UNO) Alejandro Andrés Ceriani Bravo, aporta $600.000 que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y DOS) Yocelyn Yesenia Bustamante Estay, aporta $400.000 que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo que ingresa a la caja social. DURACIÓN: 5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno. DOMICILIO: Valparaíso. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 24 Mayo 2021.