Sociedad de Servicios Jurídicos Profesionales Garay, Morales, Guerrero & Ibarra Abogados Asociados SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de mayo de 2021
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, dentro del territorio jurisdiccional correspondiente a los Juzgados de Letras en lo Civil con asiento en la comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
No existirá directorio de la Sociedad. Podrán administrar y)o representar a la Sociedad para fines generales o especiales las siguientes personas: a) El socio o los socios que sean desinados como administradores de la sociedad, observándose las siguientes reglas: Uno.-) La sociedad será administrada y representada por el o los administradores y representantes de la sociedad, quienes podrán actuar personalmente o por medio de sus representantes o apoderados establecidos por escritura pública. Dos) En este acto se nombra como Representantes legales a doña Sandra Isabel Cerda Garay, a doña Jacqueline Ivonne guerrero Jiménez a don Raúl Patricio Morales Vásquez y a don Gabriel Osvaldo Ibarra Gatica, quienes en este acto nombran como administradora /o gerente general a doña Jacqueline Ivonne guerrero Jiménez, actuando individual e indistintamente, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, Suplente Titular don Félix Jara Cadot, certifica, por escritura pública hoy ante mí, SANDRA ISABEL CERDA GARAY, JACQUELINE IVONNE GUERRERO JIMÉNEZ, RAÚL PATRICIO MORALES VÁSQUEZ, y GABRIEL OSVALDO IBARRA GATÍCA, todos con domicilio para éstos únicos efectos en calle Lord Cochrane número seiscientos treinta y cinco oficina número dos mil novecientos nueve torre b, comuna de Santiago, vienen en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE: “Sociedad de Servicios Jurídicos Profesionales Garay, Morales, Guerrero & Ibarra Abogados Asociados SpA”, nombre fantasía “MCGI SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios jurídicos en las distintas áreas del derecho, pudiendo realizar todo tipo de actividades de asesoría, consultoría, litigación y docencia relacionada a las áreas del derecho, por cuenta propia o ajena, de forma individual o en asociación con terceros, a todo tipo de personas sean naturales o jurídicas dentro del territorio de la república de chile, y/o en el extranjero, para estos efectos podrá emitir informes, asesorar a empresas en materia de gestión o en general cualquier otro negocio relacionado directa o indirectamente con el giro de la empresa y sea así acordado por los accionistas, y en todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior. b) La prestación de Servicios y asesorías Jurídicas en todos los ámbitos del derecho, a personas naturales y jurídicas, con y sin fines de lucro, la representación de las mismas en juicio y ante toda autoridad administrativa y judicial. C) La prestación de servicios jurídicos, ya sea en calidad de asesor o de representante legal, la prestación de servicios comerciales, tributarios, penales, civiles, laborales, administrativos, familia y de asesoría jurídica en general; D) planificación estratégica, desarrollo de nuevos negocios, comunicación, imagen corporativa, relaciones públicas; adquisición, enajenación, arriendo y administración en cualquier forma de toda clase de bienes raíces corporales e/y incorporales; efectuar, administrar y disponer en cualquier forma de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, corporativas y comunidades, títulos de renta y efectos de comercio, bonos, patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquiera naturaleza, y cualquiera otros bienes, así como la administración y explotación de todos estos por cuenta propia o ajena previo acuerdo de los accionistas; E)servir de agente, representante, comisionista o mandatario de personas naturales o jurídicas sea nacionales o extranjeras; F) la participación y asesoría en negociaciones, redacción de contratos y escrituras públicas y privadas, además de toda otra actividad complementaria con las anteriores que los socios acuerden en el futuro y la realización de toda clase de actos o negocios que se relacionen directa o directamente con el objeto de la sociedad y cualquier otro negocio que la administración establezca y toda actividad que los socios acuerden, tengan o no relación con el giro expresado. DOMICILIO: Santiago, dentro del territorio jurisdiccional correspondiente a los Juzgados de Letras en lo Civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país. DURACION: Indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. ADMINISTRACION: No existirá directorio de la Sociedad. Podrán administrar y/o representar a la Sociedad para fines generales o especiales las siguientes personas: a) El socio o los socios que sean desinados como administradores de la sociedad, observándose las siguientes reglas: Uno.-) La sociedad será administrada y representada por el o los administradores y representantes de la sociedad, quienes podrán actuar personalmente o por medio de sus representantes o apoderados establecidos por escritura pública. Dos) En este acto se nombra como Representantes legales a doña Sandra Isabel Cerda Garay, a doña Jacqueline Ivonne guerrero Jiménez a don Raúl Patricio Morales Vásquez y a don Gabriel Osvaldo Ibarra Gatica, quienes en este acto nombran como administradora /o gerente general a doña Jacqueline Ivonne guerrero Jiménez, actuando individual e indistintamente, amplias facultades. CAPITAL: $2.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas de igual valor cada una y sin valor nominal y de una misma serie, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) doña SANDRA ISABEL CERDA GARAY, suscribe en este acto 250 acciones, equivalentes a $250.000, monto que paga en este acto en dinero efectivo, enterado en caja social; b) doña JACQUELINE IVONNE GUERRERO JIMÉNEZ, suscribe en este acto 250 acciones, equivalentes a $250.000, monto que paga en este acto en dinero efectivo, enterado en caja social, don RAÚL PATRICIO MORALES VÁSQUEZ, suscribe en este acto 250 acciones, equivalentes a $250.000, monto que paga en este acto en dinero efectivo, enterado en caja social y don GABRIEL OSVALDO IBARRA GATICA, suscribe en este acto 250 acciones, equivalentes a $250.000, monto que paga en este acto en dinero efectivo, enterado en caja social. Quedan en consecuencia suscrita y pagadas la totalidad de las mil acciones de la sociedad. En consecuencia, a la fecha de los presentes Estatutos queda íntegramente suscrito el capital de la Sociedad y pagadas mil acciones de un total de mil. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 13 de mayo de 2021.