Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2021
- Repertorio
- 8662-2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será A)La inversión de valores y)o dineros en todo tipo de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, y en todo tipo de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. B) Compraventa, arrendamiento y otras actividades comerciales sobre todo tipo de bienes muebles, así como importación, exportación y comercialización de todo tipo de artículos de aseo, seguridad, productos congelados. y otros de similar naturaleza; ventas al por mayor o menor, distribución y elaboración de todo tipo de artículos y bienes destinados al comercio. C) La realización de todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la Sociedad, especialmente la realización eventos, fiestas y espectáculos afines y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas que permita un mejor aprovechamiento de la organización social. d) Capital y Acciones: El capital de la sociedad asciende a la suma de $8.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público, titular de 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 17 de Mayo de 2021, Repertorio N° 8.662-2021, ante mí: Claudio Andrés Riquelme Aravena, con domicilio en Camberra N° 5980, Depto. N° 11, Conchalí; constituyó una sociedad por acciones, regulada por lo dispuesto en el artículo 424 y siguientes del Código de Comercio, que regulan las sociedades por acciones o SpA, en cuyo texto de los estatutos de la Sociedad, se extracta lo siguiente: /a/ Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES KCD SpA”, nombre de fantasía “DISTRIBUIDORA KCD SpA” /b/ Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero; c) Duración: Indefinida; c) Objeto: será A)La inversión de valores y/o dineros en todo tipo de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en toda clase de sociedades, y en todo tipo de títulos o valores mobiliarios; la inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. B) Compraventa, arrendamiento y otras actividades comerciales sobre todo tipo de bienes muebles, así como importación, exportación y comercialización de todo tipo de artículos de aseo, seguridad, productos congelados. y otros de similar naturaleza; ventas al por mayor o menor, distribución y elaboración de todo tipo de artículos y bienes destinados al comercio. C) La realización de todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la Sociedad, especialmente la realización eventos, fiestas y espectáculos afines y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas que permita un mejor aprovechamiento de la organización social. d) Capital y Acciones: El capital de la sociedad asciende a la suma de $8.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, a 19 de mayo de 2021.