SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE PLASTICOS COTTA PLAST LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 6844-2020
- Notario
- PABLO GONZÁLEZ CAAMAÑO
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos número trescientos treinta y tres, entre piso, certifico: Por escritura pública del día 22/12/2020, repertorio 6.844-2020, ante mí: don CARLOS ALBERTO ZULOAGA ARANDA, chileno, factor de comercio, casado, separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número nueve millones quinientos setenta y un mil cuatrocientos setenta y cinco guión siete, domiciliado en calle Ignacio Echeverría número ocho mil ciento veinte, comuna de La Cisterna, Región Metropolitana, y de paso en esta; doña JESSICA DEL CARMEN NÚÑEZ CARRASCO, chilena, secretaria administrativa, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones ciento setenta y dos mil setecientos doce guión dos, domiciliada en Parcela Trece C, Puertas de Fierro, comuna de Talagante, Region Metropolitana y de paso por esta; y don JUAN CARLOS ZULOAGA NUÑEZ, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos setenta y un mil novecientos treinta y tres guión ocho, domiciliado en Parcela Trece C, Puertas de Fierro, comuna de Talagante, Región Metropolitana; por este instrumento, convienen en modificar el contrato de sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora de Plásticos COTTA PLAST Limitada”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y cinco guión dos, otorgada ante doña OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público titular de la Trigésima Primera Notaria de Santiago, la que se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas veintidos mil doscientos noventa y seis, número trece mil ochocientos noventa y ocho del año dos mil catorce. Por el presente instrumento don Carlos Alberto Zuloaga Aranda, vende, cede y transfiere a don JUAN CARLOS ZULOAGA NUÑEZ, el cien por ciento de sus derechos sociales en la sociedad que en este acto se modifica, correspondientes al noventa por ciento del capital común. La cesión de derechos comprende el activo y el pasivo de la sociedad referida en la cláusula primera. el precio de la cesión de derechos de la sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora de Plásticos COTTA PLAST Limitada”, se paga en el presente acto de la siguiente forma: El cesionario don JUAN CARLOS ZULOAGA NUÑEZ, paga por el cien por ciento de los derechos que le corresponden al cedente en la sociedad referida precedentemente, don CARLOS ALBERTO ZULOAGA ARANDA, la suma única y total de Un millón de pesos, quien declara recibir a su entera conformidad. Doña JESSICA DEL CARMEN NUÑEZ CARRASCO, declara expresamente que acepta en todas sus partes lo acordado en el presente instrumento, entre don CARLOS ALBERTO ZULOAGA ARANDA y don JUAN CARLOS ZULOAGA NUÑEZ. En consecuencia, la participación de los socios queda distribuida de la siguiente forma: doña JESSICA DEL CARMEN NUÑEZ CARRASCO, con el diez por ciento de los derechos en la sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora de Plásticos COTTA PLAST Limitada” y el noventa por ciento restantes del haber social, para don JUAN CARLOS ZULOAGA NUÑEZ. En lo demás, se ratifican en todas sus partes las estipulaciones contenidas en la escritura de constitución de la referida sociedad y rige íntegramente el pacto social primitivo. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.