MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Inver Fourt Limitada

RUT 76004474-1 CVE 1948423
Fecha instrumento
4 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2021
Repertorio
13-2021
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N°19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27ª Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco N°0153, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, comparece: doña DANIELA ANDREA TORO VICENCIO, con domicilio en Rosario Norte N°100, Oficina 402, Las Condes, Santiago en representación de: don Cecil Andrés Fourt Maggi, Rut N°7.860.277-5, y doña Nicole Fourt Pimentel, Rut N°16.941.251-0, ambos domiciliados en Antillanca Norte N°576, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES INVER FOURT LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.004.474-1, inscrita a fojas 51.150 N°36.249 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007; como asimismo, de la sociedad “INVERSIONES MAGGIK LIMITADA” inscrita a fojas 35.019 N°16.185 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021, mandataria debidamente facultada, quien conforme a la Ley N°19.499, viene en sanear escritura pública de fecha 04 de enero de 2021, Repertorio N°13-2021, otorgada en esta misma Notaría, ante doña María Patricia Donoso Gomien, domiciliada en Orrego Luco N°0153, Providencia; por la cual los socios acordaron aumentar el capital social de “INVERSIONES INVER FOURT LIMITADA”, y luego dividir y en consecuencia modificar el capital de la misma, constituyendo al efecto “INVERSIONES MAGGIK LIMITADA”, en los términos que allí se indican, toda vez que el extracto respectivo no se inscribió en forma oportuna en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, como asimismo no se publicó en el plazo que establece la ley; a fin de proceder a la inscripción del extracto de saneamiento y posterior publicación, dentro de los plazos dispuestos por la ley.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 10 mayo de 2021.