CONSTRUCTORA VULCANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de mayo de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública suscrita con fecha 18/05/2021 ante mí: doña HERMINIA DEL CARMEN DÍAZ MANQUECURA, doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ; ambas con domicilio en calle Valdivia N° 0939, La Granja; y don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZA, con domicilio en av. El Parrón N° 518, dpto. 316, La Cisterna; ceden derechos y modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “CONSTRUCTORA VULCANO LIMITADA”. ANTECEDENTES: a) La sociedad “CONSTRUCTORA VULCANO LIMITADA”, se constituyó mediante escritura pública de fecha 19/08/2014, suscrita ante don SERGIO ANTONIO CARMONA BARRALES, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 312, of. 236, Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del CBRS, a fs. 62.157, N° 38.159, año 2014; y b) La sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 11/10/2016, suscrita ante don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARDO, Abogado, Notario Público Titular de la misma Notaría anterior; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fs. 78.642, N° 42.442, año 2016.- CAPITAL SOCIAL: $20.000.000, totalmente suscrito y pagado.- CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: doña HERMINIA DEL CARMEN DÍAZ MANQUECURA, quien se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el 1% del total los derechos sociales a don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZA, por el precio de $200.000. La cedente declara recibir el precio de la compraventa en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción. Asimismo, doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ, vende, cede y transfiere el 49% del total de los derechos sociales a don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZA, por el precio de $9.800.000. La cedente declara recibir el precio de la compraventa en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a su más completa satisfacción.- CUARTO: DE LOS SOCIOS: Con lo anterior, los únicos y actuales socios son doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ y don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZA, cada uno titular del 50% de los derechos sociales.- MODIFICACIÓN: La modificación del artículo QUINTO del estatuto social, en el sentido de que la administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá indistintamente a doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ y don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZ. Asimismo, también modifican el artículo SEXTO del estatuto social, en el sentido de que se aumenta el capital social de $20.000.000 a la suma de $250.000.000, en la siguiente forma: doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ y don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZ; cada uno aporta, entera y paga en este acto la suma de $115.000.000 al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social. Todo sin perjuicio del derecho de ambos socios a las utilidades o ingresos acumulados. Como consecuencia de lo anterior, el capital social asciende a la suma de $250.000.000 de pesos; que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: doña LESLIE GEOVANNA DÍAZ DÍAZ y don NICOLÁS ANDRÉS VALENZUELA INOSTROZ; cada uno aporta y entera la suma de $125.000.000, equivalentes al 50% de la participación social Con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social.- Demás estipulaciones en escritura extractada. - Santiago, 19 de mayo, 2021.-