MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Alto Miramar Limitada

RUT 77276840-0 CVE 1948449
Capital
$250.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
Alberto Mozó Aguilar
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$250.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alberto Mozó Aguilar, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, Comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, Juan Carlos Zegers Riesco, Pedro Ignacio Zegers Riesco, Eduardo José Novoa Zegers, Juan Pablo Novoa Zegers, María Pilar Novoa Zegers, Felipe Novoa Zegers, Olga Alejandrina Novoa Zegers, Eugenio Zegers Bunster, Eugenio Zegers Riesco, Samuel Zegers Bunster, Ana Isabel Zegers Vial, Pedro Zegers Vial, Wenceslao Zegers Vial, María Trinidad Zegers Vial, María Magdalena Zegers Vial, Cristóbal José Zegers Domínguez, Sebastián José Zegers Domínguez, Carolina Del Rosario Zegers Domínguez, Juan Carlos Zegers Domínguez, María Zegers Domínguez y Guadalupe Zegers Domínguez, todos domiciliados para estos efectos en calle María Luisa Santander, número 0410, común de Providencia, Santiago, modificaron la sociedad denominada Agrícola Alto Miramar Limitada, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 4.362, número 3.486 del año 1.999, en el siguiente sentido: Eugenio Zegers Riesco se retiró de la sociedad, donando la totalidad de sus derechos en ella, representados por una cuota de $250.000 en el capital social, a sus hijos en partes iguales; Juan Carlos Zegers Riesco se retiró de la sociedad, donando la totalidad de sus derechos en ella, representados por una cuota de $250.000 en el capital social, a sus hijos en partes iguales; y Pedro Ignacio Zegers Riesco donó parte de sus derechos en la sociedad, representados por una cuota de $200.000 en el capital social, a sus hijos en partes iguales. Como consecuencia de lo anterior se sustituyó la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que se distribuye entre los socios en la siguiente forma y proporción: a) Pedro Ignacio Zegers Riesco, cinco por ciento; b) Eduardo José Novoa Zegers, cinco por ciento; c) Juan Pablo Novoa Zegers, cinco por ciento; d) María Pilar Novoa Zegers, cinco por ciento; e) Felipe Novoa Zegers, cinco por ciento; f) Olga Alejandrina Novoa Zegers, cinco por ciento; g) Eugenio Zegers Bunster, doce coma cinco por ciento; h) Samuel Zegers Bunster, doce coma cinco por ciento; i) Ana Isabel Zegers Vial, cuatro por ciento; j) Pedro Zegers Vial, cuatro por ciento; k) Wenceslao Zegers Vial, cuatro por ciento; l) María Trinidad Zegers Vial, cuatro por ciento; m) María Magdalena Zegers Vial, cuatro por ciento; n) Cristóbal José Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento; ñ) Sebastián José Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento; o) Carolina del Rosario Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento; p) Juan Carlos Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento; q) María Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento; y r) Guadalupe Zegers Domínguez, un sexto del veinticinco por ciento”. Santiago, 11 de mayo de 2021.