CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS Y ASESORÍAS DAAC SpA

CVE 1947554
Capital
$50.000 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2021

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2021
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$50.000 CLP
Domicilio
Santiago

Objeto social

(i) la importación, exportación, arriendo, compra, venta, distribución, comisión, consignación y)o comercialización, por cuenta propia o de terceros, sobre cualquier tipo de bienes, insumos, productos o equipos industriales, especialmente aquellos asociados a la industria acerera, siderúrgica y ferretera; (ii) el desempeño en la República de Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras y)o la representación de equipos y productos industriales de cualquier naturaleza, especialmente aquellos relacionados con servicios metalmecánicos y)o aquellos destinados a la instalación, producción y)o transformación de productos de acero; (iii) la consultoría y)o asesoría empresarial, especialmente relacionada a servicios, de ingeniería o metalmecánica; (iv) la prestación de servicios de transporte de pasajeros o carga, vía terrestre y)o tráfico marítimo o cabotaje; (v) el arrendamiento de vehículos de transporte y)o carga, ya sea marítimo o terrestre, tales como maquinaria de construcción, grúas, camiones, naves o embarcaciones marítimas u otras cualquiera fuese su naturaleza; (vi) la fabricación, transformación, fraccionamiento, armado, construcción y montaje de diversos equipos y productos industriales, maquinarias y bienes en general; (vii) el diseño, planificación, fabricación, construcción y montaje de naves o artefactos navales; (viii) la compra, venta, arrendamiento, administración y leasing respecto de bienes muebles, bienes raíces y)o vehículos, por cuenta propia o de terceros; (ix) la tramitación aduanera, embarque y desembarque de toda clase de mercaderías, porteo y fletes, dentro y fuera del territorio nacional; (x) la estiba y)o desestiba de toda clase de productos o bienes relacionados al giro, ya sea a través de containers u otros sistemas de embalaje; (xi) el almacenamiento, bodega, custodia o servicios de depósito de bienes o productos industriales; (xii) la ejecución de todo tipo de obras civiles y)o proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o de terceros, tales como casas, galpones, viviendas, obras civiles u otras cualquiera fuese su tipo; (xiii) efectuar toda clase de inversiones, ya sea en bienes o valores de comercio, de cualquier tipo, como asimismo administrar los frutos de estas últimas; y (xiv) en general, ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la Sociedad o de cualesquiera otras materias que la Sociedad acuerde en el futuro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2021, ante mí, don EDINSON ULISES RIVERA GARCÍA, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “SERVICIOS Y ASESORÍAS DAAC SpA”.- Accionista: Edinson Ulises Rivera García.- Domicilio: Santiago.- Objeto: (i) la importación, exportación, arriendo, compra, venta, distribución, comisión, consignación y/o comercialización, por cuenta propia o de terceros, sobre cualquier tipo de bienes, insumos, productos o equipos industriales, especialmente aquellos asociados a la industria acerera, siderúrgica y ferretera; (ii) el desempeño en la República de Chile de agencias o representaciones de empresas extranjeras y/o la representación de equipos y productos industriales de cualquier naturaleza, especialmente aquellos relacionados con servicios metalmecánicos y/o aquellos destinados a la instalación, producción y/o transformación de productos de acero; (iii) la consultoría y/o asesoría empresarial, especialmente relacionada a servicios, de ingeniería o metalmecánica; (iv) la prestación de servicios de transporte de pasajeros o carga, vía terrestre y/o tráfico marítimo o cabotaje; (v) el arrendamiento de vehículos de transporte y/o carga, ya sea marítimo o terrestre, tales como maquinaria de construcción, grúas, camiones, naves o embarcaciones marítimas u otras cualquiera fuese su naturaleza; (vi) la fabricación, transformación, fraccionamiento, armado, construcción y montaje de diversos equipos y productos industriales, maquinarias y bienes en general; (vii) el diseño, planificación, fabricación, construcción y montaje de naves o artefactos navales; (viii) la compra, venta, arrendamiento, administración y leasing respecto de bienes muebles, bienes raíces y/o vehículos, por cuenta propia o de terceros; (ix) la tramitación aduanera, embarque y desembarque de toda clase de mercaderías, porteo y fletes, dentro y fuera del territorio nacional; (x) la estiba y/o desestiba de toda clase de productos o bienes relacionados al giro, ya sea a través de containers u otros sistemas de embalaje; (xi) el almacenamiento, bodega, custodia o servicios de depósito de bienes o productos industriales; (xii) la ejecución de todo tipo de obras civiles y/o proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o de terceros, tales como casas, galpones, viviendas, obras civiles u otras cualquiera fuese su tipo; (xiii) efectuar toda clase de inversiones, ya sea en bienes o valores de comercio, de cualquier tipo, como asimismo administrar los frutos de estas últimas; y (xiv) en general, ejecutar todo tipo de negocios, actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la Sociedad o de cualesquiera otras materias que la Sociedad acuerde en el futuro.- Capital: El capital de la Sociedad correspondiente a la suma de $50.000.000 de pesos, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) don Edinson Ulises Rivera García suscribe en este acto la cantidad de 200.000 acciones, equivalentes a la suma de $10.000.000.-, las cuales se pagarán en dinero efectivo dentro de un plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura; y (b) el saldo restante, correspondiente a 800.000 acciones, quedará íntegramente pendiente de suscripción y pago, debiendo en todo caso ser suscrito y pagado en efectivo dentro de un plazo de cinco años contados desde la fecha de esta escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Varas, Chile, 19 de mayo de 2021.