MISTER PRECIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2021
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- Cisterna
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CAMILA FERNANDA CONTRERAS RETAMAL | socio | 16999793-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público de La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifico: Por escritura pública ante mí, fecha 27 Abril 2021: CAMILA FERNANDA CONTRERAS RETAMAL, chilena, soltera, contadora, Cédula de Identidad N° 16.999.793-4, calle Varas Mena N° 771, Dpto. 610, San Miguel; y FRANCO OLIVARES BRUNA, chileno, soltero, ingeniero en administración, cédula de identidad N° 15.781.801-5, Esmeralda N° 8162, La Cisterna; son los únicos y actuales accionistas de la sociedad “MISTER PRECIO SpA”, constituida por escritura fecha 15 de Marzo del año 2019, en la Notaría de Santiago de Wladimir Alejandro Schramm López, cuyo extracto se inscribió a Fojas 22.857, Número 11.584, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, y publicado con fecha 27 de Marzo de 2019, en el Diario Oficial de la República de Chile.- La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 30 de Noviembre del año 2020, ante el Notario Público de La Cisterna, don Jorge Andres Ossa Cuevas, cuyo extracto se inscribió a 84.671, 40.618, año 2020 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado con fecha 18 de Diciembre de 2020, en el Diario Oficial de la República de Chile.- La sociedad no ha tenido modificaciones posteriores y que a la fecha, cuenta con un capital de $8.000.000.- MODIFICACIONES CONSISTEN: Se elimina completamente el “Artículo Décimo Octavo” del Pacto Social, por consiguiente, los artículos posteriores al Artículo Décimo Octavo, pasan a desplazarse, ocupando el lugar del articulo eliminado, terminando la escritura de constitución ya no con el Artículo Tercero Transitorio, si no con el Artículo Segundo Transitorio.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 17 de Mayo de 2021.