MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA

RUT 76257721-6 CVE 1947314
Capital
$35.399 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2021
Repertorio
4094-2021
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$35.399 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público de la Quinta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Gertrudis Echeñique número treinta, oficina treinta y dos, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 23.04.2021, Repertorio N°4094-2021, ante mí, doña MARÍA PAZ VILLALOBOS CAMPINO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula de identidad Nº7.024.493-4, por sí; don ALBERTO GERMÁN DEL PEDREGAL LABBÉ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº6.604.969-8, por sí, ambos con domicilio para estos efectos en La Grulla N°3.971, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, quienes exponen: vienen en fusionar las sociedades denominadas “INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA” (absorbente) e “INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A.” (absorbida), de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes y a las declaraciones y estipulaciones siguientes: INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA fue constituida por escritura pública de fecha 15.11.2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas 87.631 Nº61.408 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el D.O. del día 13.12.2012. INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A. es una sociedad anónima cerrada, constituida por escritura pública de fecha 28.06.1988, otorgada en la Notaria de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyo extracto fue inscrito a fojas 14.666 Nº7.795 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1988 y publicado en el D.O. del día 02.07.1988. Los únicos y actuales socios de INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA son don ALBERTO GERMÁN DEL PEDREGAL LABBÉ y doña MARÍA PAZ VILLALOBOS CAMPINO. Los únicos y actuales accionistas de INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A. son INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA, don ALBERTO GERMÁN DEL PEDREGAL LABBÉ y doña MARÍA PAZ VILLALOBOS CAMPINO. Los comparecientes, acuerdan fusionar las sociedades antes individualizadas en una sola sociedad, fusión por incorporación que se efectúa absorbiendo “INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA”, a la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A.”, la cual, mediante este acto, aporta a “INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA”, todo su activo, con cargo de pagar, esta última, todo el pasivo. Como consecuencia de la fusión, INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA., pasa a ser, para todos los efectos legales, la sucesora y continuadora legal de INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A., haciéndose cargo de sus activos y pasivos, derechos y obligaciones. Como consecuencia de la fusión, se disuelve la sociedad absorbida, esto es, “INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A.”, disolución acordada en Junta Extraordinaria de Accionistas de esta fecha, sin que sea necesario proceder a su liquidación. La sociedad absorbente INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA aumenta su capital de la suma $35.399.658 a $2.823.299.538, esto es, en la suma de $2.786.899.880,y se paga con el aporte en dominio de la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A. Se modifica el capital de la sociedad absorbente “INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA”, señalado el artículo quinto de sus estatutos sociales, cuyo texto se reemplaza por el tenor siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos mil ochocientos veintitrés millones doscientos noventa y nueve mil quinientos treinta y ocho pesos, que se encuentra íntegramente pagado con anterioridad y distribuido entre sus socios de la siguiente manera: a) don ALBERTO GERMÁN DEL PEDREGAL LABBÉ, con un noventa y ocho coma cuatro tres siete nueve seis por ciento de participación en los derechos sociales; y, b) doña MARÍA PAZ VILLALOBOS CAMPINO, con un uno coma cinco seis dos cero cuatro por ciento de participación en los derechos sociales.”. Para todos los efectos tributarios y particularmente, para los fines señalados en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la sociedad absorbente que subsiste, esto es, “INVERSIONES LA GRULLA LIMITADA”, se hace responsable de cualquier tributo que se adeudare por la sociedad absorbida; esto es, por la sociedad “INVERSIONES Y ASESORÍAS KANDA S.A.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago. 13 de mayo de 2021.- Patricio Raby Benavente.