MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Grabo-Pack Limitada

RUT 76748834-3 CVE 1947735
Capital
$8.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de mayo de 2021

Instrumento

Fecha
4 de mayo de 2021
Notario
Humberto Enrique Mira Gazmuri
Oficio
Notaria N° 29 de Santiago

Sociedad

Capital
$8.000.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 41770 del 30 de mayo de 2017

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Enrique Mira Gazmuri, Abogado y Notario Público Interino Notaria N° 29 de Santiago, Enrique Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifica: escritura hoy ante mí, 04 DE Mayo de 2021, Javier García Covarrubias, Dora Clotilde Isabel Domínguez Barsallo y Mauricio Alejandro García Covarrubias, todos Mac-Iver 225, oficina 403 “C”, Santiago, modificaron sociedad “ELABORADORA, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA GRABO- PACK LIMITADA” fantasía "GRABO-PACK LIMITADA.", constituida 24/05/2017, ante Notario Myriam Amigo Arancibia, fs. 41.323 Nº 22.659, Reg. Com. Stgo. 2017. Diario Oficial 41.770, 30/05/2017, siguiente sentido: a) Javier García Covarrubias, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que posee en el capital social, equivalentes al 80% a Mauricio Alejandro García Covarrubias, $8.000.000, contado, recibidos a satisfacción por el adquirente, y ya ingresados con anterioridad en Arcas de la sociedad. Como consecuencia de la venta que da cuenta esta modificación, se retira de la sociedad don Javier García Covarrubias, quien otorga a la sociedad y al otro socio el más amplio y completo finiquito. Actuales socios Mauricio Alejandro García Covarrubias 80% haber social y Dora Clotilde Dominguez Barsallo 20% haber social, modifican Artículo Cuarto y Artículo Quinto, cuya redacción queda como sigue: ARTICULO CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio don Mauricio Alejandro García Covarrubias, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades. ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, el cual se entera y aporta del siguiente modo: A) Don Mauricio Alejandro García Covarrubias, con la suma de ocho millones de pesos, cantidad de dinero que equivale al veinte por ciento del capital social, aporte que se enteró con anterioridad, en dinero efectivo, ya ingresado en arcas de la sociedad; B) Doña Dora Clotilde Domínguez Barsallo, con la suma de dos millones de pesos, cantidad de dinero que equivale al veinte por ciento del capital social, aporte que se enteró con anterioridad, en dinero efectivo, ya ingresado en arcas de la sociedad. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. No modificado rige pacto vigente. Demás estipulaciones escritura modificatoria. Santiago, 04 de Mayo del año 2021. Notario Humberto Enrique Mira Gazmuri.