MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial y Servicios Ranquimili Limitada

RUT 77333199-5 CVE 1947741
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2020
Notario
ENRIQUE ALFREDO RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA
Oficio
41ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE ALFREDO RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, Notario Público 41ª Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1.160, subsuelo, certifica: por escritura pública hoy ante mí, ALEJANDRO MAURICIO VILLAGRA RAMÍREZ, domiciliado Condominio San Carlos, Parcela 16, San Isidro, Comuna Quillota y de paso en ésta; RODRIGO MORALES CALDERÓN, domiciliado Pasaje Dos N° 4.876, Vilumanque, Comuna Concepción y de paso en ésta; y, LUCIANA MILAGROS VILLAGRA RIVERA, domiciliada Condominio San Carlos, Parcela 16, San Isidro, Comuna Quillota y de paso en ésta; modifican “COMERCIAL Y SERVICIOS RANQUIMILI LIMITADA”, nombre fantasía “RANQUIMILI LTDA.”, RUT 77.333.199-5, extracto inscrito a Fs. 190, N° 132 Registro Comer cio CBR Quillota 2020 y publicado Diario Oficial 4 noviembre 2020. Modificación social, motivo presente extracto, consiste en: Uno) Alejandro Mauricio Villagra Ramírez, dueño 80% derechos sociales, los vende, cede y transfiere a Luciana Milagros Villagra Rivera, quien los acepta y adquiere para sí. Precio $24.000.000.-, pagado a cedente, ingresando ésta como socia y retirándose de sociedad Alejandro Mauricio Villagra Ramírez. Consecuencia anterior, son únicos socios de “COMERCIAL Y SERVICIOS RANQUIMILI LIMITADA”, en proporciones derechos sociales que se indican: Luciana Milagros Villagra Rivera 80% y Rodrigo Morales Calderón 20%; Dos) Socios acuerdan: i) Reemplazar Artículo o Cláusula Cuarta pacto constitución social siguiente: “CUARTO: Capital Social: El capital de la sociedad será la suma de $30.000.000.-, que los socios aportan e ingresan en la caja en dinero efectivo como sigue: Doña Luciana Milagros Villagra Rivera la suma de $24.000.000.-; y, don Rodrigo Morales Calderón la cantidad de $6.000.000.-.”; ii) Sustituir en el Artículo o Cláusula Quinta pacto constitución social sobre administración social, a la persona que administra la sociedad, que ahora será socia Luciana Milagros Villagra Rivera, con todas y cada una de las facultades que en dicho artículo o cláusula se otorgan al administrador; y, iii) Reemplazar Artículo o Cláusula Séptima pacto constitución social en sentido que utilidades y eventuales pérdidas serán repartidas entre socios en los porcentajes siguientes: 80% Luciana Milagros Villagra Rivera y 20% Rodrigo Morales Calderón, pudiendo retirar a cuenta de utilidades las sumas que común acuerdo determinen. Falta acuerdo, sumas las determinará árbitro designado forma expresada Cláusula Décima. Santiago, 13 mayo 2021.