AGENCIA DE ADUANAS DE CLAUDIO POLLMANN VELASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, Comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 07 mayo 2021, ante mí, CLAUDIO MARCELO AUGUSTO POLLMANN VELASCO, MARIANNE JACQUELINE CHEYRE STEVENSON, KARIN ELIZABETH POLLMANN VELASCO, SERGIO CRISTIAN POLLMANN VELASCO y don ERICK POLLMANN ASTRAIN, todos con domicilio en calle Matias Cousiño 82 Oficina 506 Santiago, sanearon escritura de modificación social de AGENCIA DE ADUANAS DE CLAUDIO POLLMANN VELASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 14. 822, número 8. 181 año 1981 ; modificación que se sanea, aclara y rectifica, otorgada por escritura pública ante esta misma Notaria con fecha 7 de septiembre 2020, Repertorio número 30.085 - 2020, que fuera inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 57.855 número 27. 482 año dos mil veinte, en siguientes sentidos 1) cláusula cuarta debe quedar: “ Por el presente acto, don CLAUDIO MARCELO AUGUSTO POLLMANN VELASCO, cede el veinticuatro coma uno por ciento de sus derechos sociales a don ERICK POLLMANN ASTRAIN, quien los adquiere para sí, y en la suma de diez y nueve millones novecientos once mil cuatrocientos ochenta pesos, mismos que serán pagados en sesenta cuotas mensuales y sucesivas de trescientos treinta y un mil ochocientos cincuenta y ocho pesos, empezando la primera el día primero de junio del año dos mil veintiuno; 2) y la cláusula quinta debe quedar: “ “Asimismo, por el presente acto, don CLAUDIO MARCELO AUGUSTO POLLMANN VELASCO , cede el doce por ciento de sus derechos en la sociedad a doña MARIANNE JACQUELINE CHEYRE STEVENSON, quien los adquiere para sí, en la suma de nueve millones novecientos cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta pesos, que se dan por pagados al contado y en dinero en efectivo, en diversas partidas, con anterioridad a este acto. Doña MARIANNE JACQUELINE CHEYRE STEVENSON aportará además su trabajo personal”. Que a mayor claridad, se ratifica expresamente la cláusula séptima de la escritura que se sanea, aclara y rectifica y en el sentido que, como consecuencia de lo acordado, la sociedad ha quedada integrada por CLAUDIO MARCELO AUGUSTO POLLMANN VELASCO con un 53% de derechos; ERICK POLLMANN ASTRAIN con un 20% de derechos; MARIANNE JACQUELINE CHEYRE STEVENSON con un 10% diez de derechos; KARIN ELIZABETH POLLMANN VELASCO y SERGIO CRISTIAN POLLMANN VELASCO con un 6% de derechos; y doña MONICA POLLMANN COSTAS con un 5% de derechos. Santiago, 19 de Mayo de 2021.-